Se promulgó la ley aprobada por el Congreso para propiciar el retiro del cableado aéreo eléctrico y de telecomunicaciones en desuso o en mal estado en las zonas urbanas del país.
Con tal fin se da un plazo no mayor de 24 meses a las empresas concesionarias de dichos servicios, así como a los proveedores de infraestructura para telecomunicaciones, para efectuar el retiro correspondiente.
El costo de estos procedimientos no será trasladado a las tarifas pagadas por el público consumidor, se indica en la ley.
El incumplimiento del retiro dispuesto se considerará “infracción muy grave” y la sancionará el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental con multa de entre 5 y 20 unidades impositivas tributarias.
El objetivo de la Ley N° 31595 es promover la descontaminación ambiental que esos objetos generan, garantizando la seguridad y el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y equilibrado.
La aplicación de esta norma se extiende a las zonas urbanas del país, definidas como tales en la ley que regula la ejecución de obras de servicios públicos autorizadas por las municipalidades en las áreas de dominio público (Ley N° 30477).