Fiscalías de turno se mantienen en alerta para actuar conforme a sus atribuciones, en caso de la comisión de un ilícito penal.
Los gremios de transporte de carga y mercancías que realizan un paro nacional indefinido a nivel nacional tienen derecho a la protesta, pero no deben incurrir en actos ilícitos, como bloquear vías, dañar la propiedad o afectar la integridad de las personas, advirtió la Coordinación Nacional de las Fiscalías de Prevención del Delito del Ministerio Púbico.
.Los gremios de transporte de carga y mercancías que realizan un paro nacional indefinido a nivel nacional tienen derecho a la protesta, pero no deben incurrir en actos ilícitos, como bloquear vías, dañar la propiedad o afectar la integridad de las personas, advirtió la Coordinación Nacional de las Fiscalías de Prevención del Delito del Ministerio Púbico.
El fiscal coordinador Armando Ortiz, precisó que los transportistas pueden protestar, sin ocasionar disturbios y deben respetar las restricciones impuestas por la declaración del estado de emergencia sanitaria nacional.
En atención a los antecedentes de bloqueo de carreteras, perturbación del orden público y atentado contra la propiedad pública y privada en las paralizaciones de similares características, mencionó que el Ministerio Público actúa en defensa de la legalidad, en la protección de la persona, en estricto respeto a los derechos humanos y, en ese mismo orden, ejecuta actuaciones preventivas respecto al uso arbitrario de la fuerza pública.
Cabe destacar que las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de turno y Mixtas se mantienen en alerta para actuar conforme a sus atribuciones en caso de la comisión de un delito durante las protestas realizadas por los transportes de carga pesada y mercancía.