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DUPLICADO DE TARJETA VEHICULAR Usarán sistema de identificación
NACIONALES
Publicado en 21/02/2021

El Sistema de Verificación Biométrica por comparación de Huella Dactilar del Reniec o algún otro mecanismo de identificación digital que implemente la Sunarp se utilizará para verificar la identidad de los propietarios de los vehículos que soliciten duplicado de tarjeta de identificación vehicular ante el Registro de Propiedad Vehicular.

 

 

Esto en aplicación del Decreto Supremo N° 002-2021-JUS, que modifica el artículo 3 del Decreto Supremo N° 036-2001-JUS, que establece disposiciones aplicables a la transferencia de propiedad de vehículos automotores.

 

Si la solicitud es presentada al registro por un tercero, se deberá adjuntar el formato aprobado por la Sunarp, con la certificación notarial de firma del titular registral.

 

En este caso, los datos de la certificación notarial deberán ser incorporados por el notario en el módulo Sistema Notario, que administra la Sunarp, detalla el decreto supremo modificatorio, con el cual también se incorpora el artículo 3-A a la norma modificada.

 

Así, corresponderá a los colegios de notarios vigilar que sus agremiados cumplan con esa obligación.

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