Establecimientos que vulneren el derecho a la atención médica inmediata pueden ser multados hasta con 500 UIT
Toda gestante que esté en momento de dar a luz debe recibir atención médica inmediata, sin exigirse trámite o pago alguno, por ser una emergencia que pone en riesgo la vida de la madre y el niño, recordó a los establecimientos de salud públicos y privados la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud).
El estado de emergencia sanitaria en todo el país por el covid-19 no es motivo de excepción para que no se cumpla la Ley N° 27604, que modifica la Ley General de Salud N° 26842, respecto a las obligaciones de los establecimientos de salud de dar atención médica en casos de emergencia y partos.
Se define como emergencia obstétrica, la aparición inesperada o repentina de un trastorno durante el proceso del embarazo, parto o puerperio que pone en riesgo la vida o la salud de la madre o del niño por nacer, y que requiere de una atención inmediata para proteger la vida de ambos.
Según la norma, los establecimientos de salud, sin excepción, están obligados a poner en conocimiento del público, en un lugar visible, su derecho a la atención por emergencia.
Se debe informar que independientemente de si cuenta o no con un seguro, la paciente debe ser atendida y luego de que no exista ningún riesgo para su vida o salud, se verificará si tiene un seguro para solicitar el reembolso o, de no tenerlo, se harán las gestiones para que la familia asuma los gastos, producto de la atención.
Multas para casos graves
En caso de vulneración del derecho a la atención por emergencia, Susalud podrá iniciar una investigación y, de acuerdo con el nivel de responsabilidad, sancionar al establecimiento de salud. Las sanciones van desde una amonestación hasta una multa de 500 UIT en los casos más graves, conforme al Reglamento de Infracciones y Sanciones de Susalud, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2014-SA.
Para toda consulta, la superintendencia pone a disposición de la población, todos los días de la semana y durante las 24 horas, la línea telefónica gratuita 113 y comunicación directa por las redes sociales institucionales en Facebook, Twitter e Instagram con la cuenta @SusaludPerú.
Asimismo, la población puede contactarse mediante el aplicativo SusaludContigo o el asistente virtual inteligente AVISusalud en el WhatsApp 9846-53092. Además, en los establecimientos de salud públicos se puede ubicar, con su chaleco distintivo, a los delegados