Offline
Ejecutivo publica proyecto de reglamento de Ley de la Sociedad de Beneficio Colectivo
NACIONALES
Publicado en 14/01/2021
Por un plazo de 10 días hábiles para recibir comentarios

El Ministerio de la Producción (Produce) dispuso, mediante la Resolución Ministerial N° 00012-2021, la publicación del proyecto de decreto supremo que aprueba el reglamento de la Ley de la Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo (Sociedad BIC) con el objetivo de recibir comentarios.

 

La sociedad de beneficio e interés colectivo es una persona jurídica societaria, constituida válidamente mediante alguno de los tipos previstos en la Ley General de Sociedades (N.º 26887), que se obliga por su propia voluntad a generar un impacto positivo, integrando a su actividad económica la consecución del propósito de beneficio social y ambiental elegido, se precisa en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
 
La norma dispone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N.º 31072, Ley de la Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo (Sociedad BIC), y su Exposición de Motivos en el portal institucional de Produce (www.gob.pe/produce).
 
Para efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía en general por el plazo de 10 días hábiles, a partir de su publicación.
 
 
Mecanismos de participación
 
Asimismo, la norma precisa que las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo deben ser remitidos al Ministerio de la Producción con atención a la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de Mype e Industria, ubicada en Calle Uno Oeste N.º 060 – Urbanización Córpac, San Isidro. 
 
Otra opción es remitir los comentarios a la dirección electrónica dgitdf@produce.gob.pe
 
La norma lleva la rúbrica del ministro de la Producción, José Luis Chicoma.
Comentarios