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Congreso: Subcomisión programa para el lunes 7 debate sobre denuncia contra mandatario La denuncia constitucional está referida al presunto delito de traición a la patria.
Publicado en 05/11/2022 06:19
NACIONALES

 La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso programó para el lunes 7 de noviembre la sustentación del informe final referido a la denuncia constitucional planteada desde el Parlamento contra el presidente Pedro Castillo.

 

Dicho recurso está referido al presunto delito de traición a la patria, vinculado a declaraciones que el mandatario vertiera en una entrevista periodística concedida a CNN.
 
La presidenta de la mencionada instancia parlamentaria, Lady Camones (APP) hizo el anuncio sobre la programación de esta exposición, según informó la oficina de prensa del Poder Legislativo a través de sus redes sociales.
 
La sustentación del documento correrá a cargo del parlamentario de Avanza País, Diego Bazán, quien hizo suyo el contenido del mismo luego de que el ponente original en este caso, Wilson Soto (Acción Popular) fuera retirado de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.
 
En declaraciones a la prensa, Bazán ha señalado que no ha modificado el informe final y que lo sustentará tal cual está.
 
La denuncia original, planteada por parlamentarios de bancadas de oposición, considera que, al mostrarse a favor de facilitar una salida al mar para Bolivia, el presidente Castillo habría incurrido en delito de traición a la patria.
 
Denuncia procedente
 
En su primer punto de agenda, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó, por unanimidad (18 votos), el informe de calificación que declara procedente la Denuncia Constitucional 72 (ex 413), contra el excongresista César Campos Ramírez por la presunta comisión del delito de concusión previsto en el artículo 382 del Código Penal.
 
Se trata de la denuncia formulada por la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera. Los hechos refieren a que el denunciado habría inducido a uno de sus trabajadores a pagar un aporte mensual de su sueldo para solventar la oficina de enlace del exparlamentario en la ciudad de Huánuco.
 
De acuerdo con el informe de calificación, dicha denuncia cumple con todos los requisitos formales establecidos en el artículo 89 del Reglamento del Congreso.
 
Inhibiciones y nuevos plazos
 
Ante la inhibición del congresista Ernesto Bustamante Donayre (FP) en ser ponente de la Denuncia Constitucional 300 por haber emitido opinión (formulada por Patricia Chirinos Venegas –Avanza País-, contra seis congresistas de la bancada de Acción Popular), la presidencia de la subcomisión propuso a la congresista Norma Yarrow Lumbreras (Avanza País) como nueva ponente.
 
Por otro lado, la congresista Kelly Portalatino (PL) declinó ser ponente en las denuncias constitucionales 284 y 286 acumuladas, contra el parlamentario Fredy Díaz Monago. La Presidencia propuso como nuevo ponente a la congresista Susel Paredes Piqué (ID).
 
Además, a pedido de parte, la presidencia otorgó cinco días hábiles adicionales a los congresistas Darwin Espinoza Vargas, Elvis Vergara Mendoza, Jorge Flores Ancachi, Raúl Doroteo Carbajo e Ilich López Ureña para efectuar sus descargos en la Denuncia Constitucional 300.
 
El plazo corre desde el 7 de noviembre, salvo el congresista Juan Mori Celis, cuyo plazo corre desde el momento en que se le entregue una documentación solicitada.
La votación fue 15 votos a favor, cero votos en contra y una abstención.
 
Cabe precisar que el voto a favor de los integrantes de las bancadas de Fuerza Popular, Avanza País y Renovación Popular fue con reservas, en función del contenido expuesto en los oficios en donde los mencionados congresistas denunciados solicitan la ampliación del plazo para realizar sus descargos.
 
Improcedentes
 
La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales declaró improcedentes, también por unanimidad (18 votos), otros dos informes de calificación.
 
El informe de calificación recaído en la Denuncia Constitucional 15 (ex 309), contra los exmiembros del Tribunal Constitucional Eloy Espinoza Saldaña, Marianella Ledesma Narváez y José Luis Sardón de Taboada, por presunto delito de prevaricato y omisión del ejercicio de la acción penal, previstos en los artículos 418 y 424 del Código Penal, fue declarado improcedente.
 
Así también, el informe de calificación recaído en la Denuncia Constitucional 73 (ex 414), formulada por la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera, contra el exparlamentario andino, Jorge Romero Castro, por la presunta comisión de los delitos de concusión y peculado de uso previsto el artículo 382 y 388 del Código Penal, fue declarado improcedente.
 
Se señala a que una trabajadora fue inducida a entregar parte de su remuneración en beneficio del exparlamentario, pero de concluye que es improcedente la denuncia porque los parlamentarios andinos no están dentro de lo que establece el artículo 99 de la Constitución Política del país.
 
Sin embargo, se deja a salvo el derecho de la denunciante a realizar la denuncia en el fuero pertinente.
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