Offline
Comisión de Constitución aprueba modificar la elección de miembros del JNE
Publicado en 05/01/2022 00:35
NACIONALES

En la Comisión de Constitución se aprobó este martes por mayoría la propuesta de reforma constitucional de los artículos 179° y 180° de la Constitución sobre la elección de uno de los miembros del Jurado Nacional de Elecciones.

 

Por 11 votos a favor, dos en contra y una abstención, se acordó modificar el inciso 3 del artículo 179° de la Constitución, para que el JNE esté integrado, en vez del representante del Colegio de Abogados de Lima, por el representante de los Colegios de Abogados del Perú.
 
 
El JNE tiene cinco miembros: un representante de la Corte Suprema; un representante de la Junta de Fiscales Supremos; un representante del Colegio de Abogados de Lima, que ahora será de los Colegios de Abogados del Perú; un representante de los decanos de las facultades de Derecho de las universidades públicas; y finalmente, un representante de los decanos de las facultades de Derecho de las universidades privadas.
 
Tras el debate se aprobó además un texto sustitutorio en base a aportes de integrantes de la comisión.
 
Dicho texto incluye en el artículo 179 de la Carta Magna un párrafo final donde se señala que: “El presidente del Jurado Nacional de Elecciones es elegido con mayoría simple con voto de sus miembros titulares conforme a su ley orgánica”
 
En tanto, en el artículo 180 se agrega un párrafo donde se señala que los integrantes del pleno del JNE no pueden ser reelegidos.
 
En las disposiciones complementarias finales, se autoriza a la ONPE a emitir, dentro de los 30 días calendario siguientes a la publicación de la norma, la reglamentación sobre el procedimiento de inscripción de candidatos, tachas; así como la elaboración del padrón y el cronograma electorales, entre otros aspectos necesarios para la designación del nuevo miembro del JNE.
 
Asimismo, se señala que los colegios de abogados del Perú tienen la obligación de remitirle a la ONPE toda la información que esta requiera, bajo responsabilidad.
 
Tras su aprobación, el mencionado dictamen deberá agendarse para su debate y eventual aprobación en el pleno del Congreso.
Comentarios

Más noticias