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Aprueban reglamento de Ley Nº 31120 que crea y regula la Cuenta DNI en el Banco de la Nación Para toda persona nacida en el país o naturalizada.
NACIONALES
Publicado en 22/07/2021

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó ayer, el reglamento de la Ley Nº 31120, ley que crea y regula la Cuenta de ahorros Documento Nacional de Identidad (Cuenta-DNI) en el Banco de la Nación.

 

Mediante Decreto Supremo Nº 184-2021-EF, publicado en El Peruano, se aprobó dicho reglamento que será difundido en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (Gob.pe), y en la web de la Presidencia del Consejo de Ministros (Gob.pe/pcm), del MEF (Gob.pe/mef) y Banco de la Nación (Bn.com.pe).
 
La Cuenta de ahorros Documento Nacional de Identidad comprende a toda persona nacida en el país o naturalizada, que posea DNI y cuente con la capacidad de ejercicio de sus derechos civiles de acuerdo con la Constitución Política del Perú y el Código Civil.
 

Decreto Supremo Nº 184-2021-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31120, Ley que regula la Cuenta Docum... by Diario Oficial El Peruano on Scribd

 
¿Cómo operará la Cuenta DNI?
 
La referida Cuenta- DNI operará en el entorno digital y será empleada para el pago, devolución o transferencia de cualquier beneficio, subsidio, prestación económica o aporte que el Estado otorgue para el titular, así como también para otras operaciones que fomenten el acceso y uso de servicios financieros.
 
Además, para la Cuenta- DNI el Banco de la Nación usará la plataforma Nacional de Autenticación de la Identidad Digital (ID-Perú) o los servicios de Verificación de la Identidad de Datos y Biométricos (dactilar o facial) que brinda el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (Reniec).
 
La implementación de lo dispuesto en el reglamento de la Ley Nº 31120 se financia con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
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