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Oficializan régimen de residencia temporal para expresidentes de la República
NACIONALES
Publicado en 17/07/2021

El Gobierno promulgó hoy la Ley 31280, norma de reforma constitucional que establece el régimen de residencia temporal del expresidente de la República.

 

La disposición legal, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, modifica el artículo 112 de Constitución Política del Perú.
 
De esta manera, culminado el mandato presidencial de cinco años, el expresidente de la República, o quien hubiese ocupado el cargo, permanece dentro del territorio nacional por el periodo mínimo de un año, salvo autorización de salida aprobada por el Congreso de la República.
 
Según la norma, dicha aprobación debe darse con más de la mitad del número legal de sus miembros, considerando las razones objetivas que hubiesen motivado la solicitud.
 
Además, el texto refiere que el mandato presidencial es de cinco años, no hay reelección inmediata, siendo que transcurrido otro periodo constitucional, como mínimo, "el expresidente puede volver a postular, sujeto a las mismas
condiciones".
 
Como se recuerda, el pleno del Congreso aprobó por 94 votos a favor esta reforma constitucional el pasado 9 de julio.
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