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JNE oficializa distribución de escaños en el Congreso para el período legislativo 2021-2026
NACIONALES
Publicado en 13/06/2021
En la resolución se precisa que se produjeron 12 millones 858,920 votos válidos, 2 millones 126,712 votos en blanco, 2 millones 737,099 votos nulos, y 17 millones 722,731 votos emitidos.

 El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) oficializó hoy la participación en la distribución de escaños del Congreso en el período legislativo 2021-2026 para las organizaciones políticas que superaron la barrera electoral luego de la primera vuelta del 11 de abril pasado.

 

Por medio de la Resolución N° 0602-2021-JNE, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se indica que los partidos políticos que superaron la barrera electoral dispuesta en el artículo 20° de la Ley Orgánica de Elecciones son los siguientes:
 
Perú Libre (1'724,303 votos y 13.409%), Fuerza Popular (1'457,640 y 11.336%), Renovación Popular (1'099,663 y 9.329%), Acción Popular (1'159,707 y 9.019%), Alianza para el Progreso (969,699 y 7.541%), Avanza País (969,059 y 7.536%), Juntos por el Perú (847,570 y 6.591%), Somos Perú (788,488 y 6.132%), Podemos Perú (750,238 y 5.834%) y el Partido Morado (697,289 y 5.423%).
 
Asimismo, en total se produjeron 12 millones 858,920 votos válidos, 2 millones 126,712 votos en blanco, 2 millones 737,099 votos nulos, y 17 millones 722,731 votos emitidos.
 
 
Al respecto, declaran que como resultado de la aplicación de la cifra repartidora en cada una de las circunscripciones electorales, la representación en el Congreso para el período legislativo 2021-2026 es la siguiente:
 
Perú Libre (37 escaños), Fuerza Popular (24), Acción Popular (16), Alianza para el Progreso (15), Renovación Popular (13), Avanza País (7), Podemos Perú (5), Juntos por el Perú (5), Somos Perú (5) y Partido Morado (3).
 
Además, la resolución proclama como congresistas a los candidatos que obtuvieron la votación necesaria para participar en el Parlamento durante el período mencionado.
 
De igual modo, dispone la remisión de la resolución y el acta general de proclamación al Legislativo, luego de la proclamación de resultados de la elección de parlamentarios.
 
Por último, establece su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico del Jurado Nacional de Elecciones. 
 
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