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¡Atención, docentes! Facilitan disposiciones para gestión de permisos, licencias y vacaciones
NACIONALES
Publicado en 30/04/2021
Nueva norma del Minedu establece procesos claros y adaptados al entorno virtual, en el contexto de la emergencia sanitaria por el covid-19.

El Ministerio de Educación (Minedu) publicó la nueva norma que establece procedimientos claros y transparentes adaptados al entorno virtual, a fin de facilitar la gestión de licencias, permisos y vacaciones de docentes en el contexto de la covid-19.

 

La Resolución Viceministerial N° 123-2021-MINEDU, publicada en el Diario Oficial El Peruano establece las "Disposiciones para el procedimiento de las licencias, permisos y vacaciones de los profesores en el marco de la Ley de Reforma Magisterial".
 
La licencia es el derecho que tiene el docente para no asistir al centro de trabajo por uno o más días. Actualmente están regulados catorce (14) tipos de licencias con goce de remuneraciones y cuatro (4) tipos de licencias sin goce de remuneraciones.
 
Trámite para la licencia
 
En tanto, el docente para tramitar su licencia debe presentar su solicitud y requisitos, de acuerdo al tipo de licencia, a su jefe o al director de la institución educativa, quien remite dicha solicitud a la UGEL o al área de recursos humanos de la institución. 
 
En caso el maestro cumpla con los requisitos establecidos, la UGEL o DRE emite la resolución de licencia en un plazo máximo de 5 días. 
 
Asimismo, si el profesor se contagia por covid-19 debe solicitar una licencia por incapacidad temporal adjuntando la prueba con los resultados positivo y tendrá un plazo de 20 días calendarios para presentar su certificado médico o certificado de incapacidad laboral. 
 
De encontrarse hospitalizado, la solicitud puede ser presentada por un familiar y, en caso de no tener familiares, la solicitud se presenta en un plazo máximo de dos (2) días hábiles a partir del alta hospitalaria, adjuntando los requisitos. 
 
Por el fallecimiento de padres, cónyuge o hijos, podrá solicitar una licencia con goce de remuneraciones por ocho (8) días calendarios en caso de que el deceso se produzca en la provincia donde labora y de quince (15) días en caso suceda en una provincia distinta. 
 
Trámite para los permisos
 
El permiso es la autorización del jefe inmediato para que el docente se ausente del centro de trabajo por algunas horas. Actualmente se encuentran regulados nueve (9) tipos de permisos con goce de remuneraciones y tres (3) tipos de permisos sin goce de las mismas.
 
Para el permiso debe presentar su solicitud al jefe inmediato o al director de la institución educativa, quien emite una papeleta de permiso. De acuerdo al tipo de permiso solicitado, el docente puede presentar con posterioridad el sustento de su solicitud. 
 
Solicitud de vacaciones
 
La norma también regula las vacaciones de los docentes, estableciendo 60 días, entre los meses de enero y febrero, para los docentes del área de gestión pedagógica; y 30 días, entre los meses de abril y noviembre, para los docentes del área de gestión institucional.
 
Con el objetivo de orientar sobre los tipos de licencias y permisos, los plazos y sus procedimientos, el Minedu ha puesto a disposición de los docentes guías para la gestión de estos derechos, disponibles en la plataforma "Minedu: Licencias, permisos y vacaciones".
 
De igual modo, el Ministerio de Educación realizará este martes 4 de mayo, a las 15:00 horas, una trasmisión en vivo desde el portal de Facebook de "PeruEduca", con el propósito de informar y absolver las dudas de los docentes que se conecten. 
 
También afirmó que seguirá implementando diversas medidas para facilitar los trámites y beneficios laborales de los docentes en el contexto de emergencia sanitaria por el covid-19. 
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