Tras una fiscalización se comprobó que distintos candidatos han colocado afiches y pancartas en lugares cercanos a colegios que serán locales de votación.
La oficina de la Defensoría del Pueblo en Lima requirió al Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 coordinar acciones para el retiro de propaganda electoral colocada en algunas instituciones educativas que serán centros de votación, con la finalidad de evitar infracciones a la normativa electoral que establece condiciones y prohibiciones para la propaganda electoral y publicidad del Estado.
Al término de una supervisión, se advirtió la existencia de propaganda electoral en los alrededores de las instituciones educativas María Parado de Bellido, en el distrito de Rímac; Juana Alarco de Dammert, en Miraflores; Melitón Carvajal, en Lince, Miguel Grau, en Magdalena del Mar; Pedro A. Labarthe, en La Victoria; San Pedro, en Chorrillos, Nuestra Señora de Guadalupe, en Lima; Bartolomé Herrera y el Colegio Peruano Chino Diez de Octubre, en San Miguel.
El jefe de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Lima, Alberto Huerta, recordó a los candidatos a la Presidencia y al Congreso de la República que está prohibido colocar propaganda electoral en las fachadas y alrededores de las instituciones educativas que han sido designadas como locales de votación.
En ese sentido, dijo que en coordinación con las municipalidades distritales deberán realizar las acciones de retiro, como lo indica el artículo 7° del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral.
Panorama distrital
La jornada de supervisión también comprendió los distritos de San Isidro, Jesús María, Magdalena del Mar, Cercado de Lima, Breña, San Miguel, Chorrillos, Lince, Rímac, La Victoria, Pueblo Libre, y la berma central de la Av. Javier Prado Este (Santiago de Surco), donde se advirtió el incumplimiento de la normativa que regula el uso de propaganda electoral instalada cerca de semáforos, postes de alumbrado, ciclovías, como es el caso en la intersección de Av. Nicolás Arriola con la Av. Canadá.
En el camino se verificó que en estas avenidas han sido colocados paneles, letreros, carteles o anuncios en las estructuras de postes de baja y media tensión.
La Defensoría resaltó, además, que la inadecuada disposición de propaganda electoral en este tipo de estructuras genera un riesgo eléctrico que puede ocasionar daños a los transeúntes o daños materiales al estar en contacto con partes energizadas o limitar la señalización de tránsito.
El representante de la Defensoría del Pueblo recomendó al Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 que disponga, en el más breve plazo, medidas necesarias para que el Jurado Especial Electoral de Lima Centro 1 coordiné con JEE de Lima Oeste 1, Lima Oeste 2 y Lima Oeste 3, y programe fecha para la fiscalización del retiro de propaganda electoral a efecto de que el personal electoral de la Defensoría del Pueblo participe en los operativos de fiscalización.
Multas vigentes
- Sobre este tema, las municipalidades distritales han emitido ordenanzas que regulan la ubicación de la propaganda electoral, tanto la que está permitida como aquellas zonas restringidas.
- Las ordenanzas incluyen una escala de multas y medidas complementarias para las agrupaciones que transgredan la normativa.