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Estas son las provincias con niveles de alerta extremo, muy alto y alto Medidas referidas al toque de queda y aforo a lugares públicos rigen del 29 de marzo al 11 de abril.
NACIONALES
Publicado en 26/03/2021

Desde el 29 de marzo rige una nueva clasificación de las provincias de acuerdo al nivel de alerta de contagio del covid-19, en extremo, muy alto y alto, establecido por el Ejecutivo en el contexto del estado de emergencia nacional por la pandemia.

 

A continuación, las provincias consideradas en los tres niveles de alerta o riesgo de contagio del nuevo coronavirus, según lo dispuesto en la víspera por el Ejecutivo tras evaluar la situación epidemiológica del país. Esta clasificación tiene vigencia hasta el 11 de abril.
 
Nivel de alerta extremo
 
El número de provincias comprendidas en este nivel se redujo de 27 a 19, según precisó ayer el Ejecutivo en conferencia de prensa.
 
Estas son Huaylas (Áncash), Andahuaylas (Apurímac), Huamanga (Ayacucho), Cusco (Cusco), Ica (Ica), Chanchamayo y Chupaca (Junín), Trujillo y Pacasmayo (La Libertad), Barranca, Huarochirí y Huaura (Lima región), Alto Amazonas (Loreto), Tambopata (Madre de Dios), Piura (Piura), Puno (Puno), Moyobamba (San Martín), Tumbes (Tumbes) y Coronel Portillo (Ucayali).
 
En todas las provincias mencionadas la inmovilización social obligatoria nocturna empieza a las 21:00 horas y finaliza a las 4:00 horas del día siguiente.
 
En cuanto al aforo, está prohibido el ingreso de público a casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas que se realizan en espacios cerrados, al igual que las actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.
 
En tanto, los bancos y otras entidades financieras tienen un aforo de 40%, al igual que los supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas, farmacias, peluquerías y spa, barberías, masajes faciales, manicura, maquillaje y afines previa cita.
 
El acceso a museos, sitios y monumentos arqueológicos, centros culturales, galerías, bibliotecas, áreas protegidas, jardines botánicos y zoológicos es del 30% como máximo, al igual que los restaurantes y afines en zonas internas (con ventilación) y al aire libre. 
 
También están permitidas las artes escénicas (música, circo, danza y teatro) en espacios abiertos hasta 20% de aforo, al igual que en los centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados.
 
 
Nivel de alerta muy alto
 
En el nivel de alerta muy alto se encuentran las provincias de las regiones Amazonas (Chachapoyas, Bagua, Bongará, Condorcanqui, Luya, Rodríguez de Mendoza y Utcubamba); Áncash (Aija, Antonio Raimondi, Asunción, Bolognesi, Carhuaz, Carlos Fermín Fitzcarrald, Corongo, Huari, Huarmey, Huaraz, Mariscal Luzuriaga, Ocros, Pallasca, Pomabamba, Recuay, Santa, Sihuas, Yungay).
 
También en Apurímac (Andahuaylas, Antabamba, Aymaraes, Cotabambas, Chincheros, Grau); Arequipa (Arequipa, Camaná, Caravelí, Castilla, Condesuyos, Islay, La Unión); Ayacucho (Cangallo, Huanca Sancos, Huanta, Lucanas, Parinacochas, Páucar del Sara Sara, Sucre, Víctor Fajardo, Vilcas Huamán); Cajamarca (Cajamarca, Cajabamba, Celendín, Chota, Contumazá, Cutervo, Hualgayoc, Jaén, San Ignacio, San Marcos, San Miguel, San Pablo y Santa Cruz).
 
Igualmente, la provincia constitucional del Callao, en la región Cusco (Acomayo, Anta, Calca, Canas, Canchis, Chumbivilcas, Espinar, La Convención, Paruro, Paucartambo, Quispicanchi, y Urubamba); Huancavelica (Huancavelica, Acobamba, Angaraes, Castrovirreyna, Churcampa, Huaytará y Tayacaja); Ica (Chincha, Nasca, Palpa y Pisco); Junín (Huancayo, Concepción, Jauja,  Junín, Satipo, Tarma y Yauli); La Libertad (Ascope, Bolívar, Chepén, Julcán, Otuzco, Pataz, Sánchez Carrión, Santiago de Chuco, Gran Chimú y Virú). 
 
Lo mismo ocurre en Lima (Lima Metropolitana, Cajatambo, Canta, Cañete, Huaral, Oyón y Yauyos); Loreto (Maynas, Loreto, Mariscal Ramón Castilla, Requena, Ucayali, Datem del Marañón y Putumayo); Madre de Dios (Manu y Tuhuamanu). Moquegua (Mariscal Nieto y General Sánchez Cerro); Pasco (Pasco, Daniel Alcides Carrión y Oxapampa).
 
Finalmente, en Piura (Ayabaca, Huancabamba, Morropón, Paita, Sullana, Talara y Sechura); Puno (Azángaro, Carabaya, Chucuito, El Collao, Huancané, Lampa, Melgar, Moho, San Antonio de Putina, San Román, Sandia, Yunguyo); San Martín (Bellavista, El Dorado, Huallaga, Lamas, Mariscal Cáceres, Picota, Rioja, San Martín y Tocache); Tacna (Tacna, Candarave, Jorge Basadre y Tarata); Tumbes (Contralmirante Villar y Zarumilla) y Ucayali (Atalaya, Padre Abad y Purús).
 
El toque de queda en estas provincias comienza a las 21:00 horas y termina a las 4:00 horas del día siguiente.
 
Respecto al aforo, en bancos y otras entidades financieras asciende al 50% del total, al igual que en tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias.
 
El aforo es hasta 40% en restaurantes y afines en zonas al aire libre, al igual que en bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, áreas protegidas, jardines botánicos y zoológicos; y en la enseñanza cultural en espacios abiertos.
 
En restaurantes y afines en zonas internas; centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados; así como en artes escénicas en espacios abiertos; y actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre, el aforo es hasta 30% del total.
 
Finalmente, los casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas (espacios cerrados); así como en templos y lugares de culto el aforo es hasta 20% del total.
 
 
Nivel de alerta alto
 
Las provincias incluidas en el nivel de alerta alto son Huánuco, Ambo, Dos de Mayo, Huaycabamba, Huamalíes, Leoncio Prado, Marañón, Pachitea, Puerto Inca, Lauricocha y Yarowilca (Huánuco); y Lambayeque (Chiclayo, Ferreñafe y Lambayeque).
 
El toque de queda en estas provincias rige desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
 
En cuanto al aforo, es hasta el 60% en bancos y otras entidades financieras; tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias; y en restaurantes y afines en zonas al aire libre.
 
Mientras que en restaurantes y afines en zonas internas; bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, áreas protegidas, jardines botánicos y zoológicos; y artes escénicas en espacios abiertos es hasta 50% del total.
 
En centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados; y en actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre el aforo es hasta 40% del total.
 
Finalmente, el aforo permitido es hasta 30% en casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas (espacios cerrados); y en templos y lugares de culto.
 
 
Otras medidas
 
En las provincias de los tres niveles de alerta de contagio está prohibida la circulación de vehículos particulares los domingos, con excepción de aquellos que cuenten con el respectivo pase vehicular emitido por la autoridad competente.
 
Los establecimientos comerciales deben cerrar dos horas antes del inicio de la inmovilización social obligatoria, con excepción de los ubicados en las provincias del nivel de alerta extremo, que deben cerrar tres horas antes. 
 
Durante la inmovilización social obligatoria se exceptúa al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de salud, medicinas, servicios financieros, abastecimiento de tiendas de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes y bodegas, servicio de restaurante para entrega a domicilio.
 
Del mismo modo, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas, actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas, transporte de caudales, esto último según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
 
 
Las limitaciones a la libertad de tránsito tampoco aplican a las actividades de construcción, operación, conservación, mantenimiento y, en general, toda aquella actividad directa o indirectamente relacionada con la Red Vial Nacional, Departamental o Vecinal, quedando excluidas del estado de emergencia nacional, ya sea que esas actividades sean desarrolladas directamente por entidades de cualquiera de esos niveles de gobierno y/o por terceros contratados por ellos, incluyendo, pero no limitándose, a concesionarios o contratistas. Para ello deberán cumplir únicamente su Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del covid-19 en el trabajo.
 
En todos los casos, es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público, y del protector facial cuando se viaje en transporte público e interprovincial.
 
Durante la inmovilización social obligatoria se exceptúa al personal de los organismos del sistema electoral peruano; siempre que porten su credencial o documento que acredite el vínculo con la entidad y su Documento Nacional de Identidad (DNI) para fines de identificación.
 
El Ministerio de Salud, en coordinación con otras entidades componentes del sector Salud, realiza una vigilancia epidemiológica intensiva, a fin de identificar cualquier incremento de casos localizados de personas afectadas por covid-19, y tomar medidas inmediatas de control.

 

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