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MVCS EXHORTA A CUMPLIR CON NORMA TÉCNICA Habilitación urbana y edificación son obligatorias
NACIONALES
Publicado en 08/01/2021

El Reglamento Especial de Habilitación Urbana y de Edificación es de aplicación obligatoria a escala nacional informó el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y exhortó a las empresas inmobiliarias y municipalidades a cumplir con esa norma técnica.

 

 

“La norma, aprobada por Decreto Supremo N° 010-2018-Vivienda, establece disposiciones básicas para diseñar y ejecutar proyectos de habilitación urbana y de edificación, así como especificaciones urbanísticas para viviendas de interés social”, indicó el MVCS.

 

 

Áreas urbanas

 

Sostuvo que los proyectos de habilitación urbana y de edificación para viviendas de interés social pueden ejecutarse en predios ubicados en áreas urbanas y áreas urbanizables inmediatas.

 

“Pueden desarrollarse en cualquier zonificación residencial, así como en áreas con zonificación de comercio metropolitano (CM), comercio zonal (CZ), comercio vecinal (CV), vivienda taller (VT o I1-R), otros usos (OU) y en zonas de reglamentación especial (ZRE o ZTE), aprobadas en el Plan de Desarrollo Urbano, siempre que sean compatibles con el uso residencial”, explicó.

 

El MVCS señaló que para el caso de la jurisdicción de Lima Metropolitana, los parámetros de densidad máxima y de altura máxima de edificación no son aplicables en predios que se ubiquen en zonificación residencial de densidad baja y muy baja.

 

“Las características del suelo donde se pueden ejecutar viviendas de interés social y los parámetros urbanísticos y edificatorios estarán vigentes hasta que las municipalidades provinciales, así como la Municipalidad Metropolitana de Lima regulen mediante ordenanza los parámetros urbanísticos de los proyectos en sus respectivas jurisdicciones”, dijo.

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