Con la publicación del documento, entran en vigencia todos los artículos del Decreto de Urgencia 022-2019, que busca contribuir al desarrollo integral, sostenido e inclusivo del sector.
Su finalidad es garantizar la transparencia en la aplicación de los mecanismos de fomento del audiovisual, establecer procedimientos administrativos, detallar definiciones y los alcances del Decreto de Urgencia N° 022-2019.
Sobre el decreto de urgencia
Este decreto de urgencia se aprobó el 9 de diciembre del 2019, constituyéndose así en la norma vigente en materia de fomento de la actividad cinematográfica y el audiovisual a nivel nacional.
Sin embargo, la vigencia de algunos artículos estaba sujeta a su reglamentación. Por ejemplo, las disposiciones relativas a los mecanismos de participación ciudadana para la determinación de las líneas de fomento; la forma de acceder a apoyos económicos provenientes de donaciones para la actividad cinematográfica; y, el procedimiento de supervisión, fiscalización y sanción, para asegurar el cumplimiento de la norma.
Procesos de consulta
El proyecto de reglamento tuvo diversos procesos de consulta, incluyendo reuniones de trabajo con representantes de más de 12 gremios y asociaciones especializadas del país.
Asimismo, se llevaron a cabo sesiones abiertas de diálogo y se prepublicó el texto del Reglamento del Decreto de Urgencia N° 022-2019, con el objetivo de recibir comentarios y aportes de la ciudadanía.
Sobre el reglamento
Las disposiciones del reglamento incluyen los procedimientos para el reconocimiento y registro de personas naturales y jurídicas del sector; el de los proyectos cinematográficos susceptibles de recibir apoyos económicos, provenientes de donaciones.
También, explica los incentivos fiscales para aquellas personas naturales y jurídicas que donen a la ejecución de proyectos cinematográficos reconocidos por el Ministerio de Cultura (Mincul) y el proceso para la aceptación de dichas donaciones.
Sobre los estímulos económicos brindados por el sector Cultura, se indican las etapas, procesos de evaluación, derechos y obligaciones de los beneficiarios y el ministerio, aprobación de bases, entre otros aspectos.
También, se señalan las condiciones mínimas para la exhibición comercial y estreno de obras cinematográficas.
De otro lado, el reglamento desarrolla la aplicación de acciones afirmativas a favor de la descentralización de la actividad cinematográfica y audiovisual, a través del fomento de proyectos impulsados desde las distintas regiones del país, así como el desarrollo del cine indígena. Y fomenta acciones a favor de la equidad y paridad de género en los procesos que conduce o supervisa el Mincul, relativos a la actividad audiovisual.
Impulso al cine
Además de proyectos cinematográficos, el Decreto de Urgencia N° 022-2019 y su reglamento, cubren la producción audiovisual, como series de televisión, contenidos para medios digitales, festivales, acciones de formación y el rescate del patrimonio audiovisual.
Para ello, se establece una asignación presupuestal anual mínima de 6,000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que reduce la brecha que mantenía el Perú con respecto a la inversión pública de otros países de la región como Colombia y Chile.
Cabe señalar que, con la ley anterior (N° 26370), el presupuesto para fomentar la actividad cinematográfica y audiovisual, era de 2008 UIT al año.
Finalmente, la norma facultad al Instituto de Radio y Televisión del Perú (IRTP), para coproducir y colaborar con la producción independiente. Y se adapta nuestra legislación a las necesidades de la coproducción internacional.
El documento lleva las rúbricas del presidente de la República, Francisco Sagasti, el titular del Mincul, Alejandro Neyra, y el ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza.