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Gobierno prorroga por 20 días más subsidio económico al transporte de personas
NACIONALES
Publicado en 04/12/2020

Decreto de Urgencia Nº 132-2020 fue publicado esta noche en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

 

El Ejecutivo prorrogó por 20 días calendario más el subsidio económico a los prestadores del servicio de transporte regular de personas en el ámbito provincial.
 
Así lo estableció en el Decreto de Urgencia Nº 132-2020 publicado hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
 
La norma modifica el Decreto de Urgencia Nº 079-2020, que otorga subsidio económico a los prestadores del transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial, para garantizar el servicio en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del covid-19.
 
Asimismo, se incluye el servicio brindado a través del Sistema de los Corredores Complementarios.
 
“Dispóngase que la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU otorga el subsidio económico monetario en favor de las personas naturales y/o jurídicas y/o propietarios de vehículo, que cuenten con título habilitante para prestar el servicio de transporte terrestre regular de personas en la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 079-2020, por un plazo adicional de veinte (20) días calendario, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente norma” precisa la norma.
 
Asimismo, se establece que los saldos no utilizados de los recursos transferidos a favor de las municipalidades provinciales serán devueltos a la Cuenta Principal del Tesoro Público conforme lo establezca la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
 
Los saldos no utilizados de los recursos transferidos a favor de la ATU serán reorientados para las compensaciones monetarias a favor de los Concesionarios del Sistema de Corredores Complementarios.
 
Lima y Callao
 
También se incorporan dentro de los alcances del presente Decreto de Urgencia a los Contratos de Autorización enmarcados en el literal g) del numeral 7.2 del artículo 7º del Anexo I de la Ordenanza N° 1769 de la Municipalidad Metropolitana de Lima para el otorgamiento del subsidio económico monetario en favor de las personas naturales y/o jurídicas y/o propietarios de vehículo, que cuenten con título habilitante para prestar el servicio de transporte terrestre regular de personas en la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. 
 
El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.
 
La norma lleva la rúbrica del presidente de la República, Rafael Sagasti; la jefa del Gabinete ministerial, Violeta Bermúdez; el ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza;  y del ministro de Transportes y Comunicaciones, Eduardo González.
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