Ante las constantes y generosas solicitudes de empresas privadas, gremios y asociaciones de diversa índole, que expresan su voluntad de enviar bienes de asistencia humanitaria a Venezuela y para canalizar la ayuda ofrecida de manera viable y efectiva, el Ministerio de Relaciones Exteriores comparte la siguiente información:
· Debido a restricciones normativas, no es legalmente posible que la Cancillería reciba, almacene o transporte bienes físicos (alimentos, medicinas, ropa, etc.) provenientes de entidades privadas o particulares.
· De acuerdo a lo informado por la Oficina de la Coordinadora Residente del Sistema de las Naciones Unidas en el Perú, se confirma que el Fondo Humanitario para Venezuela tiene habilitada una plataforma oficial y segura para recibir donaciones económicas, al igual que las siguientes Agencias, Fondos y Programas con presencia en Venezuela y mandato en respuesta humanitaria.
Mediante transferencia bancaria:
BCP – Cuenta en soles: 1930047766083; CCI: 00219300004776608311
BCP – Cuenta en dólares: 1930090178197; CCI: 00219300009017819711
Yape: 989 598 879
El Ministerio de Relaciones Exteriores continuará realizando todos sus esfuerzos para prestar la ayuda humanitaria a la hermana República de Venezuela, en estos difíciles momentos.