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Ministerio de Transportes y Comunicaciones MTC: continúa cronograma de cambio de placas para vehículos emitidos hasta el 2010 con último dígito “4”
Propietarios con dicho dígito tienen plazo hasta agosto de 2026 para realizar el trámite y adecuarse al sistema vigente de la Placa Única Nacional de Rodaje.
Por Administrador
Publicado en 24/06/2026 06:00
NACIONALES
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) informa a la ciudadanía que el Proceso General Extraordinario de Cambio de Placas continúa desarrollándose de manera progresiva a nivel nacional. Actualmente, el cronograma se encuentra en la etapa correspondiente a los vehículos cuyo último dígito de placa es “4”, para los cuales el plazo comprende los meses de junio, julio y agosto de 2026.

Esta medida forma parte de la implementación gradual del cambio de placas establecido en el Reglamento de la Placa Única Nacional de Rodaje, a fin de fortalecer la identificación vehicular, contribuir a la seguridad vial y optimizar los mecanismos de control y fiscalización del parque automotor.

El cronograma aprobado mediante la Resolución Directoral N.° 256-2025-MTC/01.02 está dirigido a los vehículos de uso particular de la categoría M1 y a los vehículos de uso particular “sin categoría” con clase registrada como automóvil, camioneta pick up, camioneta panel, camioneta rural, station wagon, ómnibus, camión, remolcador, remolque o semirremolque, que cuenten con placas emitidas antes del 1 de enero de 2010 y que aún no hayan sido reemplazadas por la actual Placa Única Nacional de Rodaje.

El MTC precisa que los vehículos que ya cuentan con placas emitidas bajo el sistema vigente implementado desde el año 2010 no están comprendidos dentro de este proceso.

Asimismo, conforme al Reglamento de Placas, una vez efectuado el cambio, la placa anterior y todos sus elementos quedan automáticamente invalidados. Del mismo modo, los vehículos obligados a realizar el reemplazo no podrán seguir circulando con la placa antigua una vez vencido el plazo establecido en el cronograma.

La circulación con una placa inválida puede ser objeto de fiscalización y sanción por parte de las autoridades competentes. El Reglamento Nacional de Tránsito considera como infracción muy grave circular sin Placa Única Nacional de Rodaje o sin alguno de sus elementos, conducta sancionada con una multa equivalente al 12 % de la UIT.

El MTC exhorta a los propietarios de los vehículos comprendidos en esta etapa del cronograma a realizar oportunamente el trámite correspondiente ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), a fin de evitar sanciones y cumplir oportunamente con la normativa vigente.
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