El Gobierno dispuso medidas laborales para garantizar la participación ciudadana durante la segunda vuelta electoral que se llevará a cabo este domingo 7 de junio.
En el caso de los trabajadores de los sectores público y privado que cumplan la función de miembros de mesa, sea por sorteo o seleccionados entre los electores presentes en las mesas de sufragio ante la ausencia de sus titulares y suplentes, tendrán un día de descanso remunerado compensable el lunes 8 de junio.
Asimismo, las horas dejadas de laborar durante el día de descanso remunerado compensable será compensado en los diez días calendario inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el empleador del sector público o privado, según el caso.
El Certificado de Participación, entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), acreditará la participación del ciudadano como miembro de mesa de sufragio.
En el caso de los trabajadores de los sectores público y privado que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación están facultados a no laborar los días viernes 5, sábado 6, domingo 7 y lunes 8 de junio, siempre que acrediten haber votado.
Los días laborables estarán sujetos a compensación.
Respecto a los trabajadores de los sectores público y privado cuyas jornadas de trabajo coinciden con el día de la votación, tienen derecho a periodos de tolerancia sujetos a compensación, al inicio o durante la jornada de trabajo, para ejercer su derecho al voto.
En caso actúen como miembros de mesa están facultados a no laborar por el día de la segunda vuelta, sujeto a compensación.
Estas medidas fueron dispuestas a través del Decreto Supremo Nº 007-2026-TR, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.