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Sunat y MTPE fiscalizan pago de utilidades: ¿estás preparado para cumplir sin errores? Multas pueden llegar hasta 139,742 soles
Por Administrador
Publicado en 26/04/2025 06:00
NACIONALES

Es importante que a medida que se acerca el vencimiento del plazo para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, las empresas del sector privado se prepararen para cumplir con una obligación clave: el pago de utilidades a sus trabajadores, afirmó el abogado Julio Villalobos Huerta.

El beneficio, refirió, corresponde a los trabajadores de compañías que generan rentas de tercera categoría y tienen más de 20 colaboradores, y se abonará dentro de los 30 días naturales posteriores a la presentación de la declaración ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
 
El asociado del área Laboral en el estudio Miranda & Amado alertó que no cumplir con esta obligación puede convertirse en una infracción grave, y acarrear multas que van desde los 8,399.50 soles hasta los 139,742 soles, según el número de trabajadores perjudicados. Además, se generarán intereses moratorios por cada día de retraso, anotó.
 
Cálculo
 
“El cálculo de utilidades debe considerar tanto los días efectivamente laborados como aquellas ausencias que, por mandato legal, se computan como asistencias, tales como licencias por maternidad, accidentes de trabajo y permisos sindicales, entre otros”, explicó el especialista.
 
Asimismo, recordó que incluso aquellos trabajadores cuya relación laboral haya culminado durante el 2024 también tienen derecho a recibir este beneficio, en proporción al tiempo de servicio y remuneración percibida.
 
Las empresas deben revisar con detenimiento su carga tributaria y los plazos correspondientes para evitar sanciones. Con el tiempo corriendo, el cumplimiento puntual no solo es un deber legal, sino también una señal de compromiso con el bienestar laboral, recalcó Villalobos.
 
El Manual de preguntas frecuentes laborales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) precisa que el personal participará en las utilidades mediante la distribución por la compañía de un porcentaje de la renta anual antes de los impuestos.
 
El porcentaje referido es empresas pesqueras, 10%; agrarias, 5% entre el 2021 y el 2023; 7.5% entre el 2024 y el 2026; y 10% del 2027 en adelante; de telecomunicaciones, 10%; industriales, 10%; mineras, 8%; de comercio al por mayor y al por menor y restaurantes, 8%; y de otras actividades, 5%, detalla.
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