Publicado en 11/03/2025 por Administrador
Con el objetivo de asegurar la sostenibilidad del recurso hidrobiológico lorna (Callaus deliciosa), el Ministerio de la Producción (PRODUCE) modificó la talla mínima de captura (TMC) de esta especie, reduciéndola de 24 cm a 21 cm de longitud total (LT). Además, se incrementó la tolerancia de captura incidental de ejemplares por debajo de la talla mínima, pasando del 10% al 25%.
Estos cambios, establecidos mediante la Resolución Ministerial N° 000109-2025-PRODUCE, se sustentan en estudios científicos realizados por el Instituto del Mar del Perú (IMARPE). El informe técnico "Estimación de la Talla Mínima de Captura de Lorna en el Litoral Peruano" analizó indicadores biológico-reproductivos como el Índice Gonadosomático (IGS) y la Talla de Primera Madurez (TPM), concluyendo que la especie alcanza su madurez reproductiva a los 21 cm de longitud.
Asimismo, la norma también actualiza el nombre científico del recurso, que pasa de Sciaena deliciosa a Callaus deliciosa, en concordancia con la clasificación científica más reciente.
El IMARPE continuará con el monitoreo de la población de lorna y reportará al Ministerio de la Producción cualquier variación en su estado biológico, pesquero y poblacional, a fin de garantizar su adecuada gestión y conservación.
*Fiscalización y cumplimiento*
El incumplimiento de la nueva regulación será sancionado conforme a la Ley General de Pesca y su reglamento. Además, PRODUCE, en coordinación con las autoridades regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, realizará operativos de supervisión para velar por el cumplimiento de la norma.
Con esta medida, el PRODUCE reafirma su compromiso con el manejo responsable de los recursos pesqueros, asegurando el equilibrio entre la conservación de las especies y el desarrollo sostenible de la pesca artesanal y comercial en el país.