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Presidenta del TC: Resolvemos con principio de conciencia y no para el aplauso de las galerías
NACIONALES
Publicado en 15/01/2025
Luz Pacheco Zerga responde a las críticas que han recibido las últimas resoluciones del organismo constitucional.

 La presidenta del Tribunal Constitucional (TC) Luz Pacheco, defendió este martes la independencia y rectitud jurídica de las resoluciones del organismo que preside, y señaló que, si bien algunas de ellas han sido duramente criticadas, en el TC “no resolvemos para el aplauso de las galerías”.

Pacheco Zerga, como corresponde, presidió la ceremonia de apertura del año jurisdiccional del TC, con asistencia de la presidenta Dina Boluarte; el titular del Congreso, Eduardo Salhuana; la presidenta del Poder Judicial, Janet Tello; el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, entre otras autoridades.
 
“Algunas (resoluciones) han sido materia de grandes titulares y, como no, de críticas positivas y negativas, pero quienes estamos administrando justicia sabemos que uno no puede vivir para el aplauso de las galerías, sino para la tranquilidad de la propia conciencia de que ha obrado con rectitud, ha analizado todos los elementos del contexto, para poder definir qué es lo justo para cada una de las partes intervinientes”, señaló en su discurso.
 
 
 
“Tenemos que confiar en el tribunal. Seguiremos trabajando con seguridad, honradez y transparencia para impartir justicia sin sesgos políticos ni ideológicos, sino con apego a la Constitución y a los principios de nuestro derecho. Queremos colaborar con la paz social, lo que nos exige a todos otorgar el beneficio de pensar que actúan de buena fe”, expresó Pacheco Zerga.
 
Al analizar algunas de las resoluciones más comentadas, la magistrada mencionó entre ellos el fallo que declara fundado el habeas data para que el Ministerio Público proceda a hacer público el acuerdo de colaboración con la empresa Odebrecht.
 
Al respecto, comentó que, si bien el fallo marca un precedente, esto no exonera ni a la Fiscalía ni al Poder Judicial de custodiar la reserva de aquellos datos que, según ley, corresponde guardar.
 
La presidenta del TC también mencionó como “otro gran tema” resuelto en el 2024, fue el caso de una trabajadora que ocupaba un cargo de confianza, pero que fue despedida por embarazo.
 
Indicó que este un caso nuevo que marca jurisprudencia, pues se trata de la colisión de dos derechos, por un lado, el de la mujer, que no puede ser despedida por embarazo, pero por otro el del empleador, que tampoco puede estar obligado a tener a un trabajador en un cargo de confianza, cuando ya no tiene su confianza.
 
Así que la solución fue ordenar la restitución en el cargo de la trabajadora, el pago de los devengados, pero la continuidad en el cargo iba a depender de que el empleador le renovara su confianza.
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