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Reforma de pensiones introduce pensión mínima, afiliación obligatoria y mayor competencia para las AFP
NACIONALES
Publicado en 24/09/2024
De la mano de un especialista, analizamos los cambios más significativos de la ley promulgada este martes por el Gobierno.

El establecimiento de una pensión mínima, la afliación obligatoria y la apertura de la competencia en la administración de los fondos previsionales a otras instituciones del sistema financiero peruano, además de las AFP, son los aspectos más resaltantes que trae la ley de modernización del sistema previsional, aprobada por el Congreso y promulgada este martes por el Gobierno.

Así lo señala Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, para quien la Ley N° 32123 publicada en el Diario Oficial El Peruano, trae aspectos positivos que deben apoyarse, pero otros lineamientos que podrían mejorar.
 
Justamente de la mano del especialista pasamos revista a cada uno de estos cambios, de manera didáctica y sencilla, para que el lector tenga una idea del nuevo sistema previsional que debe empezará a regir en el país.
 
•    Pensión mínima Esto para quienes realicen un mínimo de aportes en el Sistema Privado de Pensiones (AFP) y no efectúen retiros de fondos a partir de la entrada en vigor de la norma. Hasta ahora el sistema privado de pensiones no establece el concepto de pensión mínima.  No se especifica en esta ley ni el monto de la pensión mínima ni el número de aportes mínimo.
 
La ley señala, en su cuarta disposición complementaria finales, que el monto de la pensión mínima se evalúa cada tres años, tomando en consideración la capacidad financiera del Estado y las posibilidades de la economía nacional, y se aprueba mediante ley del Congreso a propuesta del Poder Ejecutivo, previo informe del Consejo Fiscal.
 
Si bien no hay monto de esa pensión, durante el debate de la ley se habló de una pensión mínima de 600 soles, y un aporte equivalente a 20 años. ¿Esto sería difícil de conseguir? Carrillo dice que no debería serlo, teniendo en cuenta que en general una persona trabaja en promedio en su vida 40 años, de los 25 a los 65 años, así aportar la mitad de ese período es viable.
 
•    Mayor competencia en el sistema: Un cambio clave, teniendo en cuenta que la crítica recurrente al sistema privado de pensiones, era que cuatro AFP tenían el monopolio de las pensiones. Ahora entrarán a competir bancos, aseguradoras, financieras, cajas, ofreciendo ese servicio. Los primeros en ingresar serían las aseguradoras, unas 20 en total, ya que tienen el la experiencia en el manejo de inversiones a largo plazo, más lento será el ingreso de bancos, financieras, cajas, porque no tiene ese negocio, y tendrá que aprenderlo.
 
•   Afiliación obligatoria a los 18 años. El especialista cuestiona primero la edad. Pocos a los 18 años tienen una idea clara de afiliarse a un sistema previsional, y menos ponerlos a elegir entre las AFP o la ONP, cuando su preocupación es conseguir trabajo o terminar sus estudios. Actualmente, esa decisión se toma con el primer trabajo, a los 22 o 23 años. En segundo lugar, si no hay decisión, automáticamente la ley ordena afiliarlo a la ONP, un sistema que se encuentra quebrado y que debe ser subvencionado por el Estado para cumplir con sus pensiones.
 
•   Pensión por consumo Aporte del 1% con fin previsional voluntario por compras hasta 700 soles mensuales u 8 UIT al año debidamente sustentados por comprobantes de pago. Carrillo señala que es un cambio que suma a tener mejores pensiones, pero que deben hacerse correcciones, pues considera que los montos son excesivos y difíciles de lograr, en un país donde el sueldo promedio es de 2000 soles, y que no todas compras generan una boleta electrónica. 
 
Se elimina el retiro del 95.5% del total de fondo a las personas menores de 40 años, al final de su jubilación. Para Carrillo, este es un cambio fundamental y reivindica la razón de ser de un fondo previsional: el sistema de pensiones debe servir para dar pensiones, no para darte el dinero en la mano y que hagas con él lo que mejor te parezca, ya que se pierde el sentido del sistema.
 
Ojo, esto se aplica solo a los aportantes que a la fecha sean menores de 40 años, ya que los mayores seguirán con esta prerrogativa.
 
•   Quedan prohibidos los retiros extraordinarios. Es positivo para no tener retiros a diestra y siniestra, siete en total, como ha habido hasta ahora.
 
• Aporte obligatorio para independientes de 4ª categoría. El porcentaje del aporte será descontado del impuesto a la renta del trabajador, o sea que el dinero saldrá de su bolsillo, y no de la empresa a la que presta servicios. El primer año será una tasa de 2%, la cual se incrementará en un punto porcentual cada dos años hasta un máximo de 5%.
 
• Jubilación anticipada desde los 55 años. Se amplía la edad mínima para acceder a cualquier régimen de jubilación anticipada o adelantada (REJA, JAO, etc.), incrementándose de 50 a 55 años.
 
Cabe mencionar que esta reforma todavía no se encontrará vigente hasta la publicación del reglamento correspondiente, para lo cual el MEF tiene 180 días hábiles (de 8 a 9 meses aproximadamente) a partir de la fecha, por lo que su aplicación práctica se estima que iniciará todavía a mediados de 2025.
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