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Sucamec crea la Dirección de Sanciones para fortalecer el control en seguridad privada y regulación de armas
NACIONALES
Publicado en 23/09/2024
Órgano de línea dirige y supervisa la potestad sancionadora de la entidad, actuando como autoridad en la fase resolutoria frente a administrados que incumplan las normas.

Con el objetivo de garantizar el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de servicios de seguridad privada, armas, explosivos, pirotécnicos de uso civil y sus materiales relacionados, la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos (Suacmec) dispuso la creación de la nueva Dirección de Sanciones.

Dicha acción se dio mediante el Decreto Supremo N° 007-2024-IN, el cual aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), y donde se fortalecen las capacidades sancionadoras de la Sucamec, así lo explicó la Directora (e) de la Dirección de Sanciones, abogada Karina Flores.
 
“En caso se detecte la comisión de una infracción, en ejercicio de la potestad de sancionadora se pueden imponer multas económicas que ascienden desde las 2 a 10 UITs, así como decomisos según la calificación de la infracción demostrada. Así se garantiza el cumplimiento y respeto a las normas regulatorias en las materias de competencia de la Sucamec”, acotó.
 
Asimismo, la funcionaria añadió que en los artículos 81 y 82 del nuevo ROF se establece también la creación de una Subdirección de Instrucción de Sanciones (SDIS), unidad orgánica desde la que se determinará el inicio de un procedimiento administrativo sancionador, en base a acciones de investigación preliminar, análisis de cargos y medios probatorios que sean remitidos por los administrados, documentación que serán insumos para la elaboración del informe final de instrucción.
 
Finalmente, la implementación de la nueva Dirección de Sanciones permitirá reforzar las acciones en la lucha contra la inseguridad ciudadana, al disponer de medidas decisivas para asegurar el cumplimiento riguroso de las normativas en seguridad privada, armas, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados.
 
Dato:
 
Infracciones más recurrentes identificadas
 
De la revisión de la casuística más recurrente se ha identificado las siguientes infracciones graves y/o muy graves:
 
En materia de armas de fuego:
 
No comunicar a la PNP y a la Sucamec los siniestros, robos, pérdidas o destrucción de armas, municiones o materiales relacionados de uso civil, conforme a lo establecido; que tiene como sanción multa.
 
Portar o usar armas de fuego bajo el consumo de alcohol o bajo los efectos de sustancias estupefacientes o psicotrópicas; que tiene como sanción multa y decomiso del dispositivo.
 
En materia de explosivos, pirotécnicos y materiales relacionados:
 
Almacenar explosivos y materiales relacionados incumpliendo las medidas de seguridad, distancias mínimas, parámetros técnicos de acondicionamiento o despacho, especificaciones establecidas; que tienen como sanción multa.
 
En materia de seguridad privada
 
Prestar servicios de seguridad privada en un local que no cumpla o no mantenga los requisitos mínimos obligatorios establecidos en los literales a), c) y numerales 1), 2), 3), 4), 6) y 8) del literal d) del numeral 10.1 del artículo 10 del presente reglamento; que tiene como sanción una multa que va desde la 2 a 10 UITs.
 
Destacar personal de seguridad a un puesto de servicio sin contar con la autorización del personal de seguridad que presta y desarrolla servicios de seguridad privada emitido por la Sucamec; que tiene como sanción una multa que va desde la 2 a 10 UITs.
 
No informar en el plazo establecido en la normativa sobre el personal de seguridad que deja de prestar servicios de seguridad privada; que tiene como sanción una multa que va desde la 2 a 10 UITs.
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