L as farmacias y boticas están obligadas a ofrecer a los clientes que acudan con sus recetas la versión genérica de los medicamentos prescritos, y luego los medicamentos de marca, informó el Ministerio de Salud (Minsa).
El director ejecutivo de Fármacovigilancia, Acceso y Uso de la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas (Digemid), Pedro Luis Yarasca Purilla, explicó que la Ley N° 32033 le da carácter de obligatoriedad a la medida.
La norma, que promueve el acceso y uso de los medicamentos genéricos en Denominación Común Internacional (DCI), busca que la población encuentre el medicamento genérico disponible, cuando acuda a una farmacia o botica para que, de acuerdo a la información, decida qué producto adquirir. “Esta ley le da carácter de permanente a la obligatoriedad, ya no será temporal la medida como se dispuso en un decreto de urgencia que vencería en julio”.
En el caso de las farmacias especializadas como las que expenden medicinas oncológicas u oftalmológicas, no están obligadas a ofrecerlos, salvo que sí los consideren.
En la acción de control de vigilancia, tendrán que demostrar que son farmacias especializadas.