Los gerentes de constructoras son personalmente responsables por los incumplimientos de sus empresas de acuerdo con un reciente pronunciamiento del Tribunal del Indecopi.
Se trata de la Resolución Nº 0743-2024/SPC-Indecopi, la cual señala que el gerente es responsable a título personal si la empresa incumple sus obligaciones ante el cliente debido a la mala gestión y supervisión del proyecto inmobiliario, según da cuenta un informe Legal del Estudio Mejorada Abogados.
La decisión, agrega este documento, se sustenta en el artículo 111 del Código de protección y defensa del consumidor y del artículo 188 de la Ley general de sociedades
Con este criterio el gerente respondería con su propio dinero, por ejemplo, si la empresa no construye o no entrega los bienes en el tiempo ofrecido, siempre que el retraso derive de una gestión o administración negligente, anota la firma legal mediante sus cuentas en redes sociales.
Este pronunciamiento es de instancia administrativa y no es la última palabra. Sin embargo, constituye un criterio severo y eventualmente desbordado contra los gerentes, lo que pone en peligro su patrimonio personal. “Algunos ajustes en los contratos podrían mitigar esta situación”, advierte Mejorada Abogados.