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Congreso: autoridades de JNE, ONPE y Reniec serán pasibles de acusación constitucional
Publicado en 10/04/2024 12:20
NACIONALES
JNE alerta del riesgo de conceder al Parlamento el poder de sancionar a los organismos electorales, basándose en una valoración política, en lugar de jurídica.

A pesar de la opinión contraria del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Comisión de Constitución del Congreso aprobó por mayoría incorporar a los magistrados de este organismo y a los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) en el procedimiento de acusación constitucional contemplados en el artículo 99° de la Constitución.

 

El dictamen fue aprobado con 16 votos a favor, 4 en contra y 5 abstenciones.
 
La congresista Martha Moyano (FP) sostuvo que la incorporación de estos altos funcionarios en el artículo 99° de la Constitución obedece a una sentencia del Tribunal Constitucional que exhorta al Parlamento ampliar el procedimiento de antejuicio y de juicio político.
 
Sostuvo que se debe respetar el principio de igualdad entre los altos funcionarios del Estado que gozan de la prerrogativa del antejuicio y juicio político, hecho que no ocurre con el pleno del JNE y los titulares de la ONPE y el Reniec.
 
De esta manera, los miembros del JNE y los titulares de la ONPE y el Reniec se incorporan al grupo de altas autoridades que, de acuerdo con el artículo 99° de la Constitución, pueden ser acusados constitucionalmente por el Congreso.
 
Ellos son el presidente de la República, congresistas, miembros del Tribunal Constitucional, de la Junta Nacional de Justicia, jueces supremos, los fiscales supremos; al defensor del Pueblo y al contralor general de la república.
 
JNE en contra
 
Esta mañana, en un pronunciamiento público, el JNE consideró inviable esta propuesta, por considerarlo contrario a los principios constitucionales de separación, independencia e imparcialidad de poderes del Estado.
 
Asimismo, el JNE señala que la exclusión del grupo de autoridades pasibles de juicio político no implica en modo alguno que se ejerza control sobre ellos o se promueva la impunidad, ya que sus decisiones pueden ser cuestionadas ante la jurisdicción constitucional y además existen mecanismos para nombrar, evaluar y destituir a quienes ejercen la judicatura.
 
Además, destacaron el riesgo de conceder al Parlamento el poder de sancionar a los organismos electorales basándose en una valoración política, en lugar de jurídica.
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