La norma destaca la necesidad de impulsar acciones efectivas para abordar integralmente la minería ilegal, articulando políticas públicas e instrumentos aprobados para el proceso de formalización minera y la erradicación de la minería ilegal. Además, busca promover el desarrollo económico alternativo sostenible, involucrando a diversos poderes del Estado y niveles de gobierno.
La Comisión Multisectorial estará conformada por el presidente del Consejo de Ministros, los ministros de Defensa, Economía y Finanzas, Interior, Desarrollo Agrario y Riego, Trabajo y Promoción del Empleo, Energía y Minas, Ambiente, y Relaciones Exteriores.
Asimismo, la Fiscalía de la Nación, el Poder Judicial, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), entre otros. Además, se establece que los integrantes de la Comisión ejercerán sus funciones de manera ad honorem.
El decreto designa un Alto Comisionado para liderar el desarrollo de las funciones de la Comisión Multisectorial. Este Alto Comisionado, a su vez, tendrá la responsabilidad de participar en acciones gubernamentales para promover la formalización minera, coordinar con entidades competentes, proponer actualizaciones a la Estrategia Nacional para la Interdicción de la Minería Ilegal, y rendir informes trimestrales al presidente/a del Consejo de Ministros sobre el avance en el cumplimiento de las funciones de la Comisión Multisectorial, entre otras funciones.
Entre las funciones principales de la Comisión Multisectorial se encuentran el seguimiento y monitoreo de las acciones para el desarrollo del proceso de formalización de la minería y la erradicación de la minería ilegal, así como la elaboración de informes técnicos semestrales sobre el avance de dichos procesos.
Además, se aprueba la fusión por absorción de las Comisiones Multisectoriales creadas por el Decreto Supremo N.º 075-2012-PCM y el Decreto Supremo N.º 005-2023-PCM en la Comisión Multisectorial creada mediante este decreto, quedando extintas las Comisiones anteriores.
El presente decreto supremo es refrendado por la presidenta de la República, Dina Ercilia Boluarte Zegarra; el presidente del Consejo de Ministros, Luis Alberto Otárola Peñaranda; el ministro de Defensa, Jorge Luis Chávez Cresta; el ministro de Economía y Finanzas, Alex Alonso Contreras Miranda; el ministro del Interior, Víctor Manuel Torres Falcón; la ministra de Desarrollo Agrario y Riego, Jennifer Lizetti Contreras Álvarez; el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Daniel Ysau Maurate Romero; el ministro de Energía y Minas, Oscar Electo Vera Gargurevich; la ministra del Ambiente, Albina Ruiz Ríos; el ministro de Relaciones Exteriores, Javier González Olaechea Franco; y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Eduardo Melchor Arana Ysa.