El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica declaró improcedente la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que buscaba conceder el habeas corpus al expresidente Alberto Fujimori, para que se ejecute el indulto.
El titular del juzgado, Vicente Fernández Tapia, precisó que no le corresponde tomar esta decisión y ordenó devolver los 990 folios al Tribunal Constitucional (TC).
Todo eso consta en la resolución emitida por Fernández. El documento indica que no puede ejecutarse la sentencia que el TC emitió respecto al habeas corpus que planteó la defensa del exmandatario.
Se indica que esto no procede puesto que la demanda de habeas corpus correspondiente a este caso no ha sido estimada por el Juzgado de Investigación Preparatoria que lidera el juez Fernández.
Sustentación
En la resolución se dispone, en tal sentido, devolver todo lo actuado al TC junto a una nota de atención para que dicha institución proceda conforme a ley en cuanto a la ejecución de la sentencia estimatoria emitida dentro del proceso de habeas corpus referido a la libertad de Fujimori.
“El órgano jurisdiccional a mi cargo no está facultado para ejecutar sentencias estimatorias que no expidió”, señala el juez Fernández en la resolución. Del mismo modo, indica que la instancia a su cargo –“si fuese el caso”– sí está habilitada “para poder ordenar la actuación inmediata de una sentencia estimatoria de primer grado, que no es el caso que nos ocupa”.
Entre los considerandos de la resolución, el juez señala que el proceso constitucional sobre el habeas corpus presentado “se encuentra concluido en última y definitiva instancia ante la jurisdicción constitucional interna”, habiéndose pronunciado en este el TC a favor de la libertad del exgobernante.
El magistrado recuerda que no han sido los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial los que emitieron sentencia estimatoria declarando fundada la demanda de habeas corpus de Fujimori. “Por el contrario, han declarado improcedente dicha demanda”, señala.
En ese sentido, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 27 del Nuevo Código Procesal Constitucional, el juzgado que Fernández lidera “carece de competencia para poder ejecutar la sentencia estimatoria que ha sido expedida por el TC en última y definitiva instancia constitucional”.
Reafirma, por tanto, que es dicha institución la que debe emitir pronunciamiento sobre la ejecución de la sentencia estimatoria sobre el habeas corpus.
Asimismo, en la resolución, el juez indica que a esto se suma el hecho de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha emitido desde marzo del año pasado resoluciones de supervisión sobre la sentencia del TC a favor de Fujimori, disponiendo que el Estado peruano se abstenga de aplicar esta.
Reacción
El Tribunal Constitucional (TC) resolverá “en las próximas horas de manera definitiva” el caso referido al indulto del expresidente Alberto Fujimori, afirmó el magistrado de dicho colegiado Gustavo Gutiérrez Ticse. Indicó que el juez de Ica declaró improcedente de forma el caso y optó por devolver el expediente al TC, pese a que, según dijo, tenía las competencias para ejecutar la sentencia referida al indulto de Fujimori.
“Si va a devolver el caso, el TC tendrá que resolver y resolverá, en todo caso, habiéndose ya trasladado procesalmente las cosas, en las próximas horas de manera definitiva”, afirmó. “Pudo haber tomado una decisión como esta, sí, incluso más radical y decir que es improcedente y archivarlo y el abogado de la parte hubiera presentado un recurso de apelación, pero más bien ha señalado que se declara incompetente porque lo debe ejecutar la sala”, añadió.