La Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros,
Ley N° 26702, establece que el BCRP debe elaborar esta lista con el propósito de aplicar límites y otras disposiciones relevantes en el ámbito financiero. Para ello, se basa en publicaciones internacionales especializadas en la materia y establece una serie de criterios y requisitos que los bancos deben cumplir.
Requisitos
Entre los requisitos establecidos para ser considerado un banco de primera categoría se incluyen:
1. Tipo de banco: Se consideran diferentes tipos de instituciones financieras, como holdings bancarias, bancos comerciales, bancos de ahorro, bancos cooperativos, bancos de inversión, bancos inmobiliarios e hipotecarios, instituciones especializadas de crédito gubernamental, instituciones de crédito no bancario, instituciones de compensación y custodia, y entidades supranacionales.
2. Capital mínimo: Los bancos deben contar con un capital mínimo de 1400 millones de dólares, con la excepción de las entidades supranacionales.
3. Calificación crediticia: Los bancos deben poseer un calificativo crediticio de corto plazo mínimo de al menos dos agencias calificadoras (F2 por Fitch, A-2 por Standard & Poor’s y P-2 por Moody’s) y un calificativo crediticio de largo plazo mínimo de por lo menos dos agencias calificadoras (A- por Fitch, A- por Standard & Poor’s y A3 por Moody’s).
La lista incluye tanto a las sucursales de las matrices mencionadas en la circular como a las subsidiarias directas, siempre que la matriz tenga una participación accionaria de al menos tres cuartos y cumplan con las clasificaciones de Bank Focus como bancos comerciales, bancos de ahorro, bancos cooperativos, bancos de inversión y bancos inmobiliarios e hipotecarios.
Además, se incorporan en esta lista a los bancos centrales emisores de las monedas que conforman el Derecho Especial de Giro (DEG), siempre y cuando mantengan un calificativo crediticio de largo plazo mínimo de A- por Fitch, A- por Standard & Poor’s o A3 por Moody’s, o en su defecto, se considerarán los calificativos del país respectivo.
La lista completa de los bancos del exterior de primera categoría aprobada por el BCRP se encuentra disponible en el
portal web de la entidad.