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Osinergmin busca reglamentar manejo de información confidencial
Publicado en 17/09/2023 15:04
NACIONALES
La finalidad será promover la transparencia de los actos de la entidad, precisa proyecto que publicó para recibir aportes de la ciudadanía.

La publicación del proyecto normativo ‘Reglamento para el ingreso y determinación de información confidencial, y para el registro y resguardo de la información restringida del acceso público en Osinergmin’ dispuso esta entidad para recibir los comentarios de la ciudadanía.

 La Resolución N° 169-2023-OS/CD del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería precisa que la propuesta y su exposición de motivos están alojados en su portal (https://www.gob.pe/institucion/osinergmin/colecciones/5514-proyectos-normativos-para-comentarios)para conocimiento de los interesados.

 La norma señala que se podrán remitir por escrito las opiniones, comentarios y sugerencias sobre el proyecto mediante la ventanilla virtual de Osinergmin (https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe) o por las mesas de partes físicas del organismo a escala nacional. Además, se habilitó el correo hguevara@osinergmin.gob.pe, agrega.

 Actuación

 El proyecto indica que el reglamento establecerá las disposiciones a las que se sujetará la actuación del Osinergmin para el ingreso y la determinación de información confidencial, así como en la identificación, el registro y el resguardo de la información restringida del acceso público.

 La finalidad, recalca, será promover la transparencia de los actos de la entidad, garantizándose el derecho fundamental de acceso a la información pública y el cumplimiento de la obligación de resguardo de la información legalmente restringida del acceso público.

 La propuesta detalla que, según el artículo 17 de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP), constituirá información confidencial la que contenga consejos, recomendaciones u opiniones producidas como parte del proceso deliberativo y consultivo previo a la toma de una decisión de gobierno, salvo que esa información sea pública. Una vez tomada la decisión, esta excepción terminará si Osinergmin opta por hacer referencia en forma expresa a esos consejos, recomendaciones u opiniones, anota.

 Además, figurará la información protegida por los secretos bancario, tributario, comercial, industrial, tecnológico y bursátil, que están regulados, unos por el inciso 5 del artículo 2 de la Constitución y los demás por la legislación.

 Investigaciones

 El proyecto menciona también la información vinculada con investigaciones en trámite referidas al ejercicio de la potestad sancionadora de Osinergmin, en cuyo caso la exclusión del acceso terminará cuando la resolución que pone fin al procedimiento quede consentida o cuando transcurran más de seis meses desde que empezó el procedimiento administrativo sancionador, sin que se haya dictado resolución final, lo que suceda primero.

 La iniciativa incluye la información preparada u obtenida por asesores jurídicos o abogados de Osinergmin cuya publicidad pudiera revelar la estrategia que se adoptará en la tramitación o defensa de un procedimiento administrativo o proceso judicial, o de cualquier tipo de información protegida por el secreto profesional que deberá guardar el abogado sobre su asesorado. Esta excepción terminará al concluir el proceso, agrega.

 Intimidad personal

El proyecto incluye también como información confidencial la referida a los datos personales cuya publicidad constituya una invasión de la intimidad personal y familiar.

 La información referida a la salud personal se considerará dentro de la intimidad personal. En este caso, solo el juez podrá ordenar la publicación sin perjuicio de lo establecido en el inciso 5 del artículo 2 de la Constitución.

 No operará esta reserva cuando la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones requiera información sobre los bienes e ingresos de funcionarios, o pida otra información pertinente para el cumplimiento de las funciones de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) Perú.

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