Minam aprobó guía para la elaboración de la estrategia de manejo ambiental que permitirá atender las repercusiones sociales frente a contingencias ambientales.
La reciente aprobación en el Ministerio del Ambiente de la Guía para la elaboración de la Estrategia de Manejo Ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (Seia) fue destacado por la Defensoría del Pueblo, pues acoge las recomendaciones de esta institución sobre los instrumentos ambientales que contengan medidas específicas para atender los impactos sociales en el caso de contingencias como la previsión de agua, alimentos y atención de salud.
"Desde el 2017, nuestra institución viene alertando sobre las deficiencias en la atención de los impactos sociales producidos por contingencias o emergencias, específicamente, respecto a la atención de la población afectada por estos sucesos, que además de ver vulnerado su derecho a un ambiente adecuado, se afectan sus derechos de acceso al agua, alimentación, salud y al trabajo".
La adjunta del Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas, Lissette Vásquez, sostuvo que la incorporación de medidas específicas en los planes de contingencia de los estudios ambientales para la atención de impactos sociales "permitirá prevenir la vulneración de derechos como los ocurridos durante los recientes derrames de petróleo en la Amazonía, así como en el peor desastre ambiental ocurrido en nuestro litoral hace más de un año, por el derrame de más 12 000 barriles de petróleo en la refinería de La Pampilla", señaló.
Vásquez destacó la importancia de que los instrumentos de gestión ambiental contemplen con suma claridad las obligaciones del titular del proyecto para prevenir afectaciones al ambiente, la vida y la salud. "Esto permitirá que los titulares puedan cumplir con diligencia y responsabilidad dichas obligaciones y que la entidad encargada de supervisar pueda exigir su cumplimiento".
Otro aspecto por destacar de la citada guía es la incorporación del enfoque de mitigación y adaptación al cambio climático, lo que permitirá que los proyectos de inversión –en materia de energía y minas, transporte, salud, educación, vivienda y desarrollo urbano, saneamiento, agropecuaria, entre otras– cuenten con medidas que contribuyan a la reducción de gases de efecto invernadero (GEI) y de adaptación a los efectos de los fenómenos naturales, intensificados por el cambio climático.
El Perú figura entre los países más vulnerables ante el cambio climático, por lo que resulta vital que en los citados proyectos se incorpore la gestión de riesgo en un contexto de cambio climático.
Si bien la guía en mención detalla los lineamientos para la elaboración del Plan de Relaciones Comunitarias que contiene el Plan de Participación Ciudadana, para la Defensoría del Pueblo resulta fundamental que los titulares de proyectos contemplen medidas diferenciadas orientadas a promover el acceso a la información pública y la participación ciudadana ambiental, que permitan garantizar el goce de estos derechos; y que implementen mecanismos para monitorear y evaluar la calidad de estas medidas durante su implementación, a fin de propiciar una cultura de diálogo y paz en el marco de la ejecución de proyectos de inversión.
La citada guía, aprobada por Resolución Ministerial 267-2023-MINAM, permitirá a los titulares de los proyectos de inversión y a las distintas autoridades competentes que participan en el proceso de evaluación ambiental, contar con lineamientos predictibles para la formulación de las medidas de manejo ambiental que se aplicarán a fin de prevenir, minimizar, restaurar y/o compensar los posibles impactos ambientales.
Al destacar este importante avance, la Defensoría del Pueblo señaló que continuará insistiendo, a fin de que el Ministerio del Ambiente elabore y apruebe las guías específicas para la elaboración de los planes que forman parte de la estrategia de manejo ambiental, entre los que destaca el Plan de Vigilancia Ambiental, debido a su importancia para la prevención de los incidentes y emergencias ambientales, el que debe contemplar las medidas correctoras frente a impactos no previstos.