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El Niño: 124 millones de soles a gobiernos regionales de Lima y Tumbes para obras de prevención
Publicado en 24/08/2023 11:25
NACIONALES
También se incluye financiamiento para pagar CTS a profesores nombrados y contratados, así como de auxiliares de educación.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó trasferencias a diversos gobiernos regionales por un monto total de 124 millones 678,557 soles, para actividades de prevención ante eventual fenómeno El Niño, operación de un hospital y beneficios sociales de profesores.

 

Mediante Decreto Supremo N° 180-2023-EF, publicado este miércoles en el Diario Oficial El Peruano, se autoriza una transferencia de 79 208 955 soles a favor del Gobierno Regional de Lima, para financiar actividades de limpieza y descolmatación, así como colocación de roca al volteo en ríos y quebradas, para prevenir y reducir riesgos ante intensas precipitaciones pluviales (período 2023-2024) y posible fenómeno El Niño.
 
Asimismo, vía Decreto Supremo Nº 181-2023-EF, se aprobó una transferencia de 28 710 228 soles a favor del Gobierno Regional de Tumbes, a fin de financiar actividades de limpieza, descolmatación y protección de quebradas, dique y puente para prevenir y reducir riesgos ante intensas lluvias y probable evento climático.
 
También, por medio del Decreto Supremo Nº 184-2023-EF, se autorizó una transferencia de
15 788 162 soles a favor del Gobierno Regional de Lima para financiar la operación y el mantenimiento del establecimiento de salud II-2 Hospital Rezola.
 
Además, por Decreto Supremo Nº 185-2023-EF se aprobó una transferencia de 971 212 soles a favor de diversos gobiernos regionales, para el financiamiento del pago de la asignación por tiempo de servicios, el subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios (CTS) de profesores nombrados y contratados, así como de auxiliares de educación.
 
En todos los casos, el titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en las transferencias de partidas aprueban la desagregación de los recursos autorizados dentro de los cinco días calendario de la vigencia de las mencionadas disposiciones legales.
 
Los recursos de las transferencias de partidas no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
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