Presentan proyecto de ley para regular el sector a través de la creación de un nuevo registro en el Ministerio de Vivienda.
La bancada de Alianza para el Progreso (APP), a través del congresista Roberto Chiabra, presentó un proyecto de ley para regular el trabajo de los agentes inmobiliarios que operan en el país, competencia que estará a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
El proyecto define al Agente Inmobiliario como “la persona natural o jurídica, certificada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que realiza operaciones de intermediación inmobiliaria entre la oferta y la demanda, sobre actos jurídicos o derechos reales que recaigan en predios, a cambio de una contraprestación económica”.
Para ello deberá estar inscrito y habilitado en el Registro Nacional de Agentes Inmobiliarios, que para dichos efectos implementará el MVCS. Habrá categorías de agente, y tanto la inscripción como la recategorización tendrán una vigencia de 36 meses, renovables por el mismo periodo.
Inscripción automática
Una disposición complementaria establece que los agentes inscritos en el Registro que administra el MVCS quedarán automáticamente inscritos en el Registro Nacional de Agentes Inmobiliarios, al momento de su implementación y entrada en funcionamiento, manteniendo el número de registro respectivo
Requisitos
Para aquellos nuevos agentes que ingresan al mercado, o que ya trabajando no están registrados, el proyecto señala como primer requisito para ingresar al nuevo registro la constancia de haber aprobado el curso de especialización de agente inmobiliaria “según aprobación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”.
No queda claro si tendrán que ser necesariamente cursos dictados por el MVCS, o tendrán validez también los cursos similares dictados por otras instituciones.
Otro de los requisitos es la constancia de no registrar antecedentes penales por sentencia condenatoria.
Sanciones
El proyecto de ley de ley también describe las infracciones que en el actuar de su ejercicio profesional pueden cometer estos profesionales, y que serán merecedores de una sanción, a cargo del MVCS.
Estas sanciones van desde la amonestación escrita, multa hasta por la suma equivalente a 5 UIT; suspensión hasta por tres años; y cancelación definitiva de la inscripción en el Registro Nacional de Agentes Inmobiliarios.
Entre las infracciones, se describe actuar en representación de más de una parte en una operación de intermediación inmobiliaria, sin el consentimiento expreso de las partes contratantes, u ofrecer un predio al mercado sin la autorización escrita de su propietario.
También revelar sin el consentimiento del intermediado, información personal o real que obtenga por razón de las operaciones inmobiliarias que realiza; o utilizar para otros fines el dinero que recibe por parte del intermediado, en depósito, garantía, provisión de gastos o en custodia, conforme al contrato de intermediación inmobiliaria.