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Día de la Bandera: conoce las razones por las que se observó ley que declara feriado el 7 de junio
Publicado en 04/06/2023 21:24
NACIONALES
Propuesta aprobada por el pleno del Congreso fue observada por la presidenta Boluarte, por afectar la actividad productiva nacional.

 La presidenta de la República, Dina Boluarte, observó la autógrafa de ley aprobada por el pleno del Congreso de la República que declaraba como feriado nacional no laborable el 7 de junio, fecha en la que se celebra la Batalla de Arica y el Día de la Bandera.

 

La observación a la normativa fue anunciada en la víspera por el titular del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, quien indicó que esta decisión se toma "en aras de avanzar en la reactivación económica del país", proceso en el que está comprometido el Gobierno.
 
Esta autógrafa modifica el artículo 6° del Decreto Legislativo 713, que consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. 
 
Según el documento enviado al Congreso, con el ingreso del 7 de junio como feriado no laborable, se elevan a 15 los feriados este año, colocando al país como uno de los que tiene más fechas libres en el mundo. 
 
Al respecto, precisa que incrementar el número de feriados nacionales no laborables y remunerados tiene un efecto práctico equivalente a un incremento de los costos laborales no salariales, reduciendo a su vez la productividad laboral y la competitividad del Perú, perjudicando la actividad productiva nacional, la atracción de inversiones y el empleo formal. 
 
Asimismo, el establecimiento de un nuevo feriado nacional no laborable y remunerado deteriora la posición competitiva del Perú, en tanto lo consolida como uno de los países con más días no laborables remunerados (feriados y vacaciones) a escala internacional, situación que se agudiza debido a los altos costos laborales no salariales y la baja productividad laboral. 
 
Precisa que los feriados no laborables y remunerados igual que el propuesto "generan como efecto neto la reducción de la actividad productiva del país". 
 
Además, señala que existen medidas alternativas a un feriado nacional no laborable y remunerado "menos gravosas y de mayor efectividad, para alcanzar la finalidad que persigue la autógrafa de ley".
 
"En ese sentido, con la finalidad de consolidar la conmemoración del 7 de junio se propone como medida alternativa a la propuesta de Artículo Único de la autógrafa de ley que se establezca al 7 de junio como feriado facultativo no laborable sujeto a recuperación", indica el documento.
 
Agrega que en este caso los trabajadores del sector privado podrán acogerse a este feriado previo acuerdo entre las partes, estableciendo la forma de recuperación de las horas no laboradas. 
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