
Las empresas interesadas en acceder al procedimiento de devolución del impuesto general a las ventas (IGV) para turistas extranjeros deben inscribirse, previamente, en el registro de establecimientos autorizados (REA) a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Del mismo modo, las empresas dedicadas a la venta de textiles, calzados y joyerías podrán inscribirse en este registro y ser considerados establecimientos autorizados (EA) para la venta de sus bienes a turistas extranjeros y que estos puedan solicitar la devolución del IGV al retornar a su país. “Tal beneficio será vigente siempre que hayan estado en el Perú por un período no menor a dos ni mayor de 60 días calendarios”, refirió.
Solo los inscritos en el REA podrán vender bienes que darán derecho a la devolución del IGV para los turistas extranjeros, recalcó la Sunat.
esquema
El turista extranjero que ingresa al país adquiere los bienes que darán derecho a la devolución del IGV, por su compra recibe una factura electrónica y la constancia tax free del establecimiento autorizado.
Las empresas inscritas en el REA deben estar afiliadas a la entidad colaboradora.