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Congreso amplía aplicación del impuesto extraordinario para la promoción y desarrollo turístico
19/01/2023 12:26 en NACIONALES
Normativa tiene la finalidad de dar impulso a la actividad turística en nuestro país .

 El Congreso de la República oficializó la Ley que amplía por diez años más la aplicación de la Ley 27889, Ley que Crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional.

La normativa tiene la finalidad de dar impulso a la actividad turística en nuestro país que fue fuertemente golpeada por las restricciones de la pandemia Covid-19 y su impacto negativo en la economía nacional.

Así, Ley 31672 publicada ayer en el Diario Oficial El Peruano indica que esta extensión regirá a partir del día siguiente del vencimiento del plazo inicial establecido en el artículo único de la Ley 29796, Ley que amplía el plazo de aplicación de la Ley 27889.

El documento modifica, además, la conformación del Comité Especial, encargado de proponer al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional.

En efecto, se establece que el Comité estará presidido por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo e integrado por el Viceministro de Turismo; un representante del Ministerio de Economía y Finanzas y del Ministerio de Relaciones Exteriores y por un encargado del Ministerio de Cultura.

También por la Presidencia Ejecutiva de Promperú o quien haga sus veces, por un representante del Proyecto Especial Plan Copesco y por tres representantes de los Gobiernos Regionales.

Asimismo, uno por cada uno de los siguientes circuitos turísticos: circuito Norte-nororiental, circuito Centro y del circuito Sur, los que serán designados por acuerdo del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Descentralización (CND).

Finalmente por cuatro representantes del sector turístico privado que serán designados de la siguiente forma: uno por la Cámara Nacional de Turismo, uno por los Establecimientos de Hospedaje y Afines, uno por las Agencias de Viajes y Operadores Turísticos y uno por las Líneas Aéreas.

A continuación, puede leer la Ley completa:

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