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Caso Sunedu: TC publica sentencia que declara infundada demanda de inconstitucionalidad
Publicado en 04/01/2023 10:24
NACIONALES

 El Tribunal Constitucional (TC) publicó la sentencia que declara infundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el 25% del número legal de congresistas contra la Ley N° 31520, ley sobre la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; y el artículo 32 del Decreto Legislativo 1451.

 

En la sentencia (Expediente Nº 00008-2022-PI/TC) se interpreta que todos los representantes que integran el consejo directivo de la Sunedu, incluidos los de las universidades públicas o privadas, una vez que asumen la función pública en este consejo directivo, a tenor de la modificación del artículo 17° de la Ley N° 30220, prevista en la Ley N° 31520, deberán constituirse en el ejercicio del cargo como miembros independientes y neutrales debiendo actuar con imparcialidad y sin asumir la representación de ninguna institución conforme a lo señalado en el fundamento 85 de la presente sentencia.
 
Asimismo, interpreta que, para la conformación del consejo directivo de la Sunedu, la norma aplicable es el artículo 17° de la Ley N° 30220, modificada por la Ley N° 31520, y no el artículo 32 del Decreto Legislativo 1451, porque se trata de un procedimiento específico para la elección de representantes de las universidades públicas y privadas en el consejo directivo de la Sunedu, conforme a lo expuesto en el fundamento 124.
Suscribieron la sentencia los magistrados Francisco Morales Saravia (presidente), Luz Pacheco Zerga, Gustavo Gutiérrez Ticse, Helder Domínguez Haro y César Ochoa Cardich.
 
En la sentencia también se publicó el voto singular del magistrado Manuel Monteagudo Valdez (Expediente Nº 00008-2022-PI/TC).
 
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