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Elecciones 2022: el lunes 3 será día no laborable compensable para miembros de mesa
Publicado en 01/10/2022 10:11
NACIONALES
Empleadores de sectores público y privado deberán adoptar las medidas del caso para cumplimiento del Decreto Supremo N° 016-2022-TR, comenta laboralista César Puntriano.

Los empleadores de los sectores público y privado deberán adoptar las medidas pertinentes para que el 3 de octubre del 2022 los ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante las Elecciones Regionales y Municipales, que se efectuarán este domingo 2, gocen de un día no laborable de naturaleza compensable.

 

Para disfrutar del beneficio, el trabajador presentará a su empleador, mediante soporte físico o digital, al momento de reanudar su prestación de servicios, el certificado de participación entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), afirma el abogado laboralista César Puntriano, al comentar los alcances del Decreto Supremo N° 016-2022-TR.
 
Facilidades
 
La norma indica que los trabajadores de los sectores público y privado que prestan servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación y que participen en las elecciones, siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto, no laborarán el viernes 30 de setiembre, así como el sábado 1, domingo 2 y lunes 3 de octubre del 2022.
 
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En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establecerá la forma para hacer efectiva la recuperación de los días no laborados; a falta de acuerdo, decidirá el empleador, refiere.
 
Mientras, detalla, en el ámbito público, los titulares de las entidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general. Además, dispondrán la forma para la recuperación de los días dejados de laborar.
 
Permisos
 
El socio del estudio Muñiz manifestó que los trabajadores de ambos sectores que presten servicios en los mismos ámbitos geográficos que su lugar de votación, cuyas jornadas de trabajo coincidan con el día de las elecciones, tendrán derecho a un permiso durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho al voto.
 
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Los trabajadores que actúen como miembros de mesa, cuyas jornadas de trabajo coincidan con el día de las elecciones estarán facultados a no prestar servicios por ese día, sin perjuicio de gozar además del día no laborable no compensable para miembros de mesa del 3 de octubre.
 
Los empleadores de los sectores público y privado dispondrán la forma de recuperación del día u horas dejadas de laborar durante la fecha central de los sufragios, según corresponda, puntualiza Puntriano.
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