Nuevo entorno. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos en diversos pliegos del Gobierno Nacional, para el financiamiento de sus actividades operativas y de gestión, además del cumplimiento de funciones y la adecuada prestación de los servicios a su cargo.
Mediante el Decreto Supremo N° 184-2022, se dispuso que los titulares de las entidades bajo el alcance de dispositivo son responsables de su adecuada implementación, así como del uso de los recursos comprendidos en el mismo.
En los considerandos se señala que a través del Decreto Supremo (DS) N° 005-2022 del MEF se establecen los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para el Año Fiscal 2022.
Presupuesto público
Ello, en el marco de lo fijado en los numerales 50.1 y 50.2 del artículo 50 del Decreto Legislativo (DL) 1440, DL del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
El numeral 50.2 señala que los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos que se generen por la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, pueden modificarse vía DS, previa evaluación del cumplimiento de las reglas fiscales.
Se indica que diversos pliegos del Gobierno Nacional habían solicitado la modificación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos en gasto corriente con el fin de financiar sus actividades operativas y de gestión para el cumplimiento de sus funciones, además de la adecuada prestación de servicios.
De acuerdo con el DS, se precisa que la Dirección de Programación y Seguimiento Presupuestal de la Dirección General de Presupuesto Público verificó que la propuesta de modificación de límites máximos, se encuentra en consistencia con los límites del gasto no financiero presupuestal y del gasto corriente presupuestal (incluyendo mantenimiento) fijado para el 2022.
Regiones
La transferencia que autorizó el MEF a favor de diversos gobiernos locales se destinará a financiar cuatro proyectos de inversión bajo el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
La operación aprobada mediante el D.S. 183-2022 del MEF establece que la cesión de recursos monetarios se hace con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y del Midagri, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.