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Retiro de las AFP: estas son las fechas y plazos para el depósito de hasta 18 400 soles
Publicado en 01/06/2022 00:37
NACIONALES
El retiro de este dinero tiene condición de intangible, excepto aquellas retenciones judiciales por deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.

En estricto cumplimiento de la Ley N° 31478, que faculta a los afiliados del sistema privado de pensiones (SPP) el retiro facultativo y extraordinario de hasta cuatro (4) unidades impositivas tributarias (UIT) o 18 400 soles de sus cuentas individuales de capitalización (CIC), la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió la Resolución SBS N° 1767-2022, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, que establece el procedimiento operativo para solicitar este retiro de manera fluida y segura.

 

El retiro facultativo está disponible para todos los afiliados al SPP.
 
El afiliado podrá presentar su solicitud de retiro, por única vez, a partir del 13 de junio. El plazo máximo para la presentación de las solicitudes es de 90 días calendario, que vence el 10 de setiembre del 2022.
 
La entrega de los fondos se hará según el siguiente cronograma:
 
• Primer desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde presentada la solicitud ante la AFP.
 
• Segundo desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el primer desembolso por la AFP.
 
• Tercer desembolso por el remanente del monto solicitado hasta 2 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el segundo desembolso por la AFP.
 
 
 
Las AFP garantizarán la disponibilidad y el adecuado funcionamiento de los canales de atención de las solicitudes de retiro. Las plataformas que soporten el registro de las solicitudes deben facilitar, en términos de tiempo y acceso, estándares mínimos que permitan su correcto llenado y envío; y, además, contar con los mecanismos de ciberseguridad y de conservación de información que mitiguen los riesgos de suplantación de identidad de los afiliados.
 
Las AFP establecerán los protocolos de comunicación para aquellos afiliados que residan en el extranjero o estén físicamente imposibilitados, a efectos de que ingrese su solicitud por los canales y formatos que se habiliten para tal fin.
 
Los fondos retirados de las CIC mantienen su condición de intangible, excepto aquellas retenciones judiciales por deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.
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