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JEFE DEL ESTADO SUSCRIBE NORMA Promulgan ley para retirar el 100% de CTS Objetivo es mitigar efectos económicos causados por la pandemia.
Publicado en 27/05/2022 00:41
NACIONALES

 El presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, promulgó la Ley N° 31480, que permite a los trabajadores retirar de manera excepcional el 100% de los fondos de la compensación por tiempo de servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre del 2023.

 

 

La norma, que lleva la firma del Jefe del Estado, se publicó en el Diario Oficial El Peruano y tiene como objetivo mitigar los efectos económicos causados por la pandemia del covid-19.

 

El Poder Ejecutivo deberá dictar las disposiciones reglamentarias en un plazo máximo de diez días calendario.

 

 

Precisiones

 

Solo los trabajadores que se encuentran en el sistema formal podrán retirar el 100% de la CTS, ya que los demás empleados informales no cuentan con este beneficio.

 

Entre los beneficiarios directos se encuentran los trabajadores del régimen privado que laboran en promedio una jornada mínima diaria de cuatro horas. También los de la pequeña empresa, los/as trabajadores/as del hogar, del régimen agrario, entre otros.

 

El plazo para reglamentar la norma vencerá el domingo 5 de junio, por lo que, en la práctica, los retiros podrán efectuarse desde el lunes 6 de junio, a más tardar, proyectó el profesor y experto en Finanzas de Pacífico Business School, Jorge Carrillo Acosta.

 

Comentó que un aspecto importante por considerar es que la norma señala que se autoriza a retirar los fondos de la CTS “por única vez”.

 

 

Coyuntura única

 

Explicó que ello no significa que sea un solo retiro, sino que la autorización se genera por una “coyuntura única” (la pandemia del covid-19.

 

Por lo tanto, los trabajadores podrán retirar total o parcialmente su dinero en la CTS desde el 6 de junio de este año hasta el 31 de diciembre del 2023.

 

“Con ello se tenderá un rango de casi 19 meses para hacer uso de dichos fondos”, detalló Carrillo.

 

Finalidades

La compensación por tiempo de servicios (CTS) tiene una doble finalidad. La primera de ellas se relaciona con el cese laboral y, en este aspecto, busca prevenir las contingencias a las que se expone un trabajador cuando pierde el empleo.

 

La segunda finalidad es la promoción del trabajador y su familia, es decir, que el uso del fondo de CTS permita mejorar el estilo y calidad de vida del trabajador.

 

La CTS debe convertirse en un fondo de reserva, no debe ser usada a menos que sea una emergencia.

 

Una característica que no tiene otra cuenta es la intangibilidad, es decir, que además de pagar una mejor tasa, el dinero de la CTS no es embargable salvo en contadas situaciones, lo que es una ventaja

 

Cifra

 

3 autorizaciones han tenido los trabajadores para retirar los fondos de la CTS.

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