Plazo vence el 31 de mayo. Para solicitar orientación sobre la solicitud llame a la línea social gratuita 101.
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), por medio del programa Pensión 65, ha implementado un mecanismo para las personas beneficiarias del subsidio económico Yanapay que presentan alguna discapacidad y por estas razones no han acudido a cobrar al Banco de la Nación.
De acuerdo con este mecanismo, podrán designar a una persona de confianza, o a quien esté a cargo de su cuidado para que cobre el subsidio. Podrán realizar el trámite hasta el 31 de mayo del 2022.
De esta forma, las personas que padezcan alguna discapacidad o deterioro de su capacidad funcional por envejecimiento o accidente podrán hacer efectivo el cobro en las agencias del Banco de la Nación o puntos de pago para cobrar el subsidio.
¿Cómo tramitarlo?
Asimismo, mediante la mesa de partes de Pensión 65 al correo electrónico: mesadepartes@pension65.gob.pe o en su sede central (avenida República de Panamá 3505, piso 5, de lunes a viernes de 8:30 a 16:30 horas) y para conocer las
sedes en provincias se deberá revisar este enlace.
Por mesa de partes se deben presentar los formatos, los cuales están disponibles en esta
página web.
En el caso de los beneficiarios en condición de expresar voluntad, si la persona beneficiaria solo pone su huella porque no puede firmar, deberá agregar el formato “firma de testigo a ruego”, el cual debe contener los datos y firma de una persona que no sea el beneficiario del Yanapay ni la persona designada para el cobro.
En el caso de los beneficiarios que no expresan voluntad se deberá adjuntar el formato “firma de testigo a ruego”, el cual debe contener los datos y firma de una persona que no sea el beneficiario del Yanapay ni la persona designada para el cobro. Además, presentar una copia de certificado de discapacidad emitido por entidad de salud o médico particular, o carné físico o virtual de Conadis o declaración jurada de la situación de salud del beneficiario/a.