Resolución concluye que la Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle y la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez incumplieron con su deber de determinar la responsabilidad de docentes acusados.
La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) sancionó a la Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle (UNEGV) y a la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez (UANCV) con multas de 29 900 soles y 197 800 soles, respectivamente, por no haber determinado la responsabilidad de docentes que fueron denunciados por actos de hostigamiento sexual.
Esta infracción se encuentra tipificada en el numeral 4.7 del Anexo del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia, aprobado mediante Decreto Supremo N ° 005-2019- MINEDU.
En el caso de la Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle, la resolución del Consejo Directivo de la Sunedu, señala que la universidad no ejerció sus atribuciones disciplinarias establecidas en el artículo 89 de la Ley Universitaria, en tanto no determinó la responsabilidad de un docente que fue denunciado por actos de hostigamiento sexual en julio de 2018.
Si bien la UNEGV desarrolló algunas acciones orientadas a esclarecer los hechos, la investigación estuvo paralizada por mucho tiempo, de manera que a la fecha del inicio del procedimiento administrativo sancionador –tres años después de haberse recibido la denuncia– lo que se conocía es que el caso recién se había puesto en conocimiento del Tribunal de Honor.
El 11 de agosto de 2021, recién durante el trámite del procedimiento sancionador, la UNEGV informó que había cumplido con emitir una decisión en la que halló responsable al docente por los hechos de hostigamiento sexual denunciados en su contra.
No obstante, la Dirección de Fiscalización y Sanción de la Sunedu recomendó declarar responsable a la UNEGV por no ejercer sus atribuciones disciplinarias, en tanto, hasta antes del inicio del procedimiento administrativo sancionador, no había determinado la responsabilidad del docente.
Finalmente, y tras nuevos descargos de la universidad, el Consejo Directivo de la superintendencia, determinó, mediante la resolución N ° 0033-2022-SUNEDU/CD, que la Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle incurrió en infracción.
En el caso de la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, se le imponen (a través de la resolución N°0034-2022-SUNEDU/CD) cuatro multas que suman 197 800 soles, por no determinar la responsabilidad de tres docentes acusados de hostigamiento sexual y no aplicar la sanción de separación definitiva a un cuarto docente.
Se trata de cuatro casos ocurridos en distintas fechas de 2018 y denunciados por estudiantes de las escuelas de Obstetricia, Administración y Marketing, Ingeniería Civil y Ciencias Contables. Si bien en todos los casos la Defensoría Universitaria inició investigaciones preliminares y formuló recomendaciones, se verificó que, en tres casos, las investigaciones fueron suspendidas sin que se haya logrado determinar la responsabilidad de los docentes denunciados; y, en el cuarto caso, se aplicó una sanción distinta a la establecida en la normativa interna de la universidad.
En sus descargos, la universidad informó que con fechas 2 y 11 de agosto de 2021, inició un nuevo procedimiento disciplinario en los cuatros casos; asimismo, dispuso medidas de separación temporal como medida preventiva.
Tras encontrarse que, incluso con posterioridad al inicio del presente procedimiento administrativo sancionador, la UANCV no había presentado información que dé cuenta del resultado final de los nuevos procedimientos sancionadores, el Consejo Directivo de la Sunedu halló responsable a la mencionada universidad por el incumplimiento de funciones en la atención de las denuncias de hostigamiento sexual.
En ese sentido, ordenó como medida correctiva que la universidad cumpla, en el plazo de 50 días hábiles, contados desde que la presente resolución quede consentida o haya causado estado, con esclarecer los hechos denunciados y emitir un pronunciamiento motivado sobre la responsabilidad de los docentes acusados de hostigamiento sexual, salvo en el caso en el que la conducta infractora fue la aplicación de una sanción incorrecta, pues el docente acusado falleció el 24 de febrero de 2021.
Además de la sanción económica, la Sunedu recomendó a ambas universidades que faciliten atención psicológica a las presuntas víctimas, asegurando el acompañamiento y orientación adecuada durante todo el procedimiento; asimismo, que desarrollen charlas o talleres de sensibilización sobre hostigamiento sexual para la comunidad universitaria, es decir estudiantes, docentes, personal administrativo y autoridades, adempás que difundan la normativa sobre hostigamiento sexual.
Las resoluciones fueron notificadas a las universidades y estas se encuentran en plazo para formular el recurso de reconsideración.