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EL OBJETIVO ES REFORZAR CONTROL MONETARIO BCR elevó requerimiento de encaje en moneda nacional
23/01/2022 22:50 en NACIONALES
Entidades financieras subirán el porcentaje de sus obligaciones en la forma de caja.

El Banco Central de Reserva del Perú (BCR) elevó los requerimientos de encaje en moneda nacional, con el objetivo de complementar los recientes incrementos de la tasa de referencia y reforzar el control monetario.

 

 

Mediante Circular Nº 0003-2022-BCRP, publicada ayer en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó el aumento del encaje mínimo legal a 5.25% en febrero, a 5.5% en marzo, a 5.75% en abril y a 6% desde mayo de este año.

 

De esta manera, el requerimiento de encaje será el máximo entre aquel que resulte de aplicar la tasa de encaje del período base (julio 2021) a las obligaciones sujetas a encaje hasta el nivel del período base, y de una tasa de encaje marginal de 25% sobre el aumento del Total de Obligaciones Sujetas a Encaje (TOSE) respecto al período base; y el encaje mínimo legal correspondiente al período de evaluación.

 

Se mantiene asimismo el encaje medio máximo equivalente al 6% del flujo del TOSE del período de evaluación. Este requerimiento de encaje máximo permitirá mantener una baja dispersión en las tasas medias de encaje entre entidades financieras.

 

 

Concepto

 

El encaje es un instrumento de política monetaria que consiste en el requerimiento a las entidades financieras de mantener un porcentaje de sus obligaciones (principalmente depósitos) en la forma de caja en bóveda o cuenta corriente en el BCR.

 

Desde agosto del 2021 y de manera complementaria al alza de la tasa de referencia, se eleva gradualmente los requerimientos de encaje en moneda nacional, luego de haber alcanzado un mínimo histórico de 4% al inicio de la pandemia, precisó el ente emisor.

 

Referencia

La tasa de remuneración al encaje adicional en moneda extranjera se sustituyó, como referencia, a la tasa London Interbank Offered Rate (LIBOR), por la tasa Term Secured Overnight Financing Rate (SOFR) a un mes.

 

Es construida por la Chicago Mercantile Exchange (CME) a partir de los precios de los contratos futuros sobre la tasa SOFR overnight, por lo cual captura las expectativas de mercado en el plazo objetivo para la remuneración del encaje. Desde febrero del 2022, la tasa de remuneración al encaje adicional será el máximo entre el 25% de la tasa CME Term SOFR a un mes menos 10 puntos básicos.

 

Medidas

 

En marzo del 2020 se modificó la tasa de remuneración de los fondos de encaje en moneda extranjera.

 

Se consideró la tasa mayor entre 0% y 25% de la diferencia entre la tasa Libor a un mes menos 1/8 del 1%, en un contexto de tasas de interés internacionales cercanas a cero.

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