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Usuarios y conductores del transporte público deberán usar doble mascarilla o una KN95
NACIONALES
Publicado en 21/11/2021
Medida del MTC es obligatoria; sin embargo, el protector facial pasa a ser un elemento adicional de protección, por lo que se recomienda su uso.

 Los pasajeros, conductores, tripulación y cobradores de los diferentes servicios de transporte público, como el interprovincial, provincial, turístico, taxi, vehículos menores, entre otros, deberán emplear doble mascarilla según nueva norma del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

 

Así lo señala la Resolución Ministerial N° 1171-2021-MTC/01, publicada en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
 
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) modificó los protocolos sanitarios para la prevención del covid-19 en los servicios de transporte interprovincial y urbano a escala nacional, medida realizada con base en las nuevas disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud. 
 
Todos los trabajadores del servicio de transporte público a escala nacional, así como los usuarios de estos servicio, deberán usar doble mascarilla: una quirúrgica y sobre ella una comunitaria, o de lo contrario una mascarilla KN95, de acuerdo con esta nueva disposición. 
 
 
Protector facial
En la misma norma se recomienda el uso del protector facial como elemento adicional de protección contra el covid-19,  excepto para los conductores, con lo cual dejará de ser exigida.
 
Se precisa además que ya no es obligatorio la toma de la temperatura para el ingreso a los terminales terrestres, así como para el embarque a los vehículos, ni la utilización de pediluvios.
 
También se recomienda a los ciudadanos mantener un metro y medio de distancia con otras personas en los paraderos y terminales terrestres, así como asegurar que estos ambientes estén ventilados. De la misma forma, se deben mantener ventilados los vehículos que prestan el servicio público. 
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