Offline
Levantar secreto bancario a cargo de la Contraloría, una de las normas derogadas por el TC
NACIONALES
Publicado en 12/11/2021
También la obligatoriedad de los presidentes que dejan el cargo de permanecer un año en el país.

 El Tribunal Constitucional (TC) declaró hoy -por unanimidad- declarar inconstitucional la cuarta legislatura aprobada en el anterior Congreso de la República y, en consecuencia, tres reformas constitucionales aprobadas en dicho periodo también fueron declaradas inconstitucionales.

 

Se trata de la Ley 31280, Ley de reforma constitucional que modifica los artículos 99 y 191 de la Constitución Política del Perú, con la finalidad de instaurar el juicio de residencia para el Presidente de la República y Gobernador regional.
 
Esta disposición obligaba a los presidentes o funcionarios que hayan ejercido la presidencia que dejaban el cargo, a permanecer un año si salir del país, a efectos de responder cuestionamientos a su gestión.
 
La segunda norma declarada inconstitucional es la Ley 31304, Ley de reforma constitucional que refuerza la protección del patrimonio cultural de la Nación.
 
Por último, la Ley 31305 que facilita al Contralor General a solicitar el levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria y bursátil, en el marco del control gubernamental.
 
Esta facultad estaba dirigida a servidores públicos que administren o manejen fondos del Estado, o de organismos sostenidos por éste, en los tres niveles de gobierno, en el marco de una acción de control.
 
El TC precisa que su sentencia carece de efecto retroactivo y que ella no afecta las demás actuaciones parlamentarias o legislativas realizadas en la cuarta legislatura. 
 
Por ello, indica, corresponde al actual Parlamento determinar si culmina o no el 
procedimiento de aprobación de las referidas reformas constitucionales, llevando a cabo el referéndum o la segunda votación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 206 de la Constitución.
Comentarios