Offline
Normas Legales: JNE oficializa resolución que devuelve inscripción al Partido Morado
NACIONALES
Publicado en 05/10/2021
Organización política queda habilitada para participar en las elecciones regionales y municipales 2022.

 El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró fundado el recurso de apelación presentado por el Partido Morado contra una resolución que cancela su inscripción y, en consecuencia, lo habilita para participar en las elecciones regionales y municipales 2021.

 

La resolución Nº 0851-2021-JNE , publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, señala que, si bien el Partido Morado no alcanzó al menos cinco representantes al Congreso en más de una circunscripción, sí alcanzó el 5% de los votos válidos a escala nacional en las últimas elecciones al Congreso. 
 
Ello, a su criterio, no configura que se cumple la segunda condición dispuesta en el artículo 13° de la Ley de Organizaciones Políticas para la cancelación de su inscripción como partido político.
 
Señala que en el acuerdo del pleno (14 de enero de 2020) se precisa que la interpretación correspondiente a la valla de cancelación de inscripción debía regirse en sentido estricto por su contenido y promoviendo la protección al derecho de la participación política. 
 
"Efectivamente, el Partido Morado no alcanzó al menos cinco representantes al Congreso en más de una circunscripción; no obstante, sí alcanzó el 5% de los votos válidos a escala nacional en la elección del Congreso. Así las cosas, al no configurarse la condición B, entonces, la consecuencia de cancelación de inscripción como partido político no se materializa", apunta la resolución.
 
El 7 de setiembre del presente año, la Dirección Nacional del Registro Organizaciones Políticas (DNROP) dispuso la cancelación de oficio de la inscripción del Partido Morado, argumentando que, tras las elecciones generales 2021, no cumple los dos requisitos para mantener su inscripción: al menos cinco representantes al Congreso de la República en más de una circunscripción, y además alcanzar al menos 5% de los votos válidos a escala nacional.
 
Ante esta decisión, el pasado 14 de setiembre de 2021, el personero legal del Partido Morado interpuso un recurso de apelación en contra de la Resolución Nº 413-2021-DNROP/JNE, que canceló su inscripción argumentando que vulnera el derecho a la participación política y de la regla de interpretación estricta de las restricciones de derechos fundamentales.
 
Precisaron el Partido Morado superó la valla electoral, por lo que no le resulta aplicable la causa de cancelación e indicaron que existió una aplicación errónea de la interpretación del literal a del artículo 13° de la Ley de Organizaciones Políticas (ROP).
Comentarios