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Promulgan ley que permite cremación de restos de cabecillas terroristas
NACIONALES
Publicado en 18/09/2021

 En una edición Extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se promulgó la ley que establece el destino de cadáveres de internos que venían cumpliendo condena por delitos de traición a la patria o de terrorismo en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas.

 

La Ley Nº 31352 precisa que en el caso del cadáver de un interno que venía cumpliendo condena con sentencia firme por los delitos de traición a la patria o de terrorismo, en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas, cuya entrega, traslado, sepelio o inhumación ponga en riesgo la seguridad nacional o el orden interno, el fiscal competente, en decisión motivada e inimpugnable, dispone su cremación, previa necropsia.
 
La mencionada ley indica también que la Autoridad Sanitaria, en coordinación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos  (Minjusdh) y el Ministerio del Interior (Mininter), ejecutarán lo dispuesto en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas.
 
"La cremación se realiza en presencia de un representante del Ministerio Público, para fines de identificación, quien levanta el acta correspondiente", añade el documento.
 
Asimismo, indica que el Minjusdh dispondrá la dispersión de los restos cremados en tiempo y lugar de naturaleza reservada; y contará con el apoyo del Mininter.

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