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DERECHO A LA SALUD PÚBLICA Advertencias no son barreras
NACIONALES
Publicado en 13/09/2021

 Las exigencias establecidas por el Ministerio de Salud (Minsa) sobre las advertencias publicitarias de los alimentos y bebidas no alcohólicas, con octógonos, que contienen grasas trans y alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas, materializadas en el reglamento de la Ley de promoción de la alimentación saludable y en el Manual de advertencias publicitarias, no constituyen barreras burocráticas ilegales.

 

 

Así lo determinó la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) del Indecopi, en segunda y última instancia administrativa.

 

Dichas exigencias del sector Salud están referidas a la forma en que se consignan estas advertencias en los anuncios publicitarios en los diferentes medios de comunicación, como por ejemplo el tamaño en que se deben presentar los octógonos en los anuncios en la televisión, internet, medios impresos o la vía pública; así como la velocidad del audio de los spots radiales que se refieran a dichas advertencias, entre otras características.

 

Decisión

 

El tribunal del Indecopi, de esta manera, revocó una resolución en primera instancia, de febrero del 2020, en el extremo que declaró barreras burocráticas ilegales exigencias referidas a tales advertencias.

 

El colegido verificó además que el Ministerio de Salud utilizó el instrumento legal idóneo para regular las exigencias de las advertencias publicitarias.

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